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NO CONTESTACIóN DE LA RECONVENCIóN
- Consulta : 212388
- Autor : Omartm
- Publicado : Martes 29 de Octubre de 2013 12:58 desde la IP: 187.245.201.41
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,083
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 29 de Octubre de 2013
Buenas tardes amigos abogados.
Tengo una duda estoy haciendo mis pininos en esta maravillosa carrera de abogado y como todo estudiante tenemos mas dudas que respuestas. Bueno el asunto es el siguiente: Una persona me solicito apoyarlo en la contestación de una demanda de reconvención de un juicio mercantil ( pagaré) el asunto es que ya paso el termino para la contestación de la misma. Las preguntas son las siguientes 1.- ¿Qué consecuencias legales tendrá mi cliente al no contestado dicha reconvención? 2.- ¿El juicio principal se vera inturrumpido por esta situación ? Por otra parte cabe mencionar que la demanda de reconvención no le fue notificada de manera peronal a mi cliente solo fue mediante el boletín judical. Tengo entendido que se le deberá dar el mismo tratamiento que a la demnada ¿Es correcto? Y por último que es lo que me recomiendan. Saludos
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 330518
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Fecha de respuesta: Martes 29 de Octubre de 2013 14:10 2013-10-29 14:10 desde IP: 187.162.210.121
En los juicios ejecutivos mercantiles no cabe la reconvención, así que por andar ejerciendo la profesión de abogado, sin serlo y sin saber.
Que la persona que te solicitó apoyo, contrate a un abogado especialista en Deecho Mercantil, porque si no, las consecuencias de tu ineptitud le van a deparar consecuencias económicas más graves que las que ya le causaste.
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