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NO CONTESTACIóN DE LA RECONVENCIóN

  • Consulta : 212388
  • Autor : Omartm
  • Publicado : Martes 29 de Octubre de 2013 12:58 desde la IP: 187.245.201.41
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,083
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  • Autor
    Consulta

  • Omartm
    ESTUDIANTE

    Buenas tardes amigos abogados.

    Tengo una duda estoy haciendo mis pininos en esta maravillosa carrera de abogado y como todo estudiante tenemos mas dudas que respuestas. Bueno el asunto es el siguiente: Una persona me solicito apoyarlo en la contestación de una demanda de reconvención de un juicio mercantil ( pagaré) el asunto es que ya paso el termino para la contestación de la misma. Las preguntas son  las siguientes 1.- ¿Qué consecuencias legales tendrá mi cliente al no contestado dicha reconvención? 2.- ¿El juicio principal se vera inturrumpido por esta situación ? Por otra parte cabe mencionar que la demanda de reconvención no le fue notificada de manera peronal a mi cliente solo fue mediante el boletín judical. Tengo entendido que se le deberá dar el mismo tratamiento que a la demnada ¿Es correcto? Y por último que es lo que me recomiendan. Saludos

     

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  • Autor
    Respuesta No: 330518

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En los juicios ejecutivos mercantiles no cabe la reconvención, así que por andar ejerciendo la profesión de abogado, sin serlo y sin saber.

    Que la persona que te solicitó apoyo, contrate a un abogado especialista en Deecho Mercantil, porque si no, las consecuencias de tu ineptitud le van a deparar consecuencias económicas más graves que las que ya le causaste.



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