- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
ACUMULACIóN DE PROCESOS DEMANDAS CRUZADAS
- Consulta : 212337
- Autor : bcuve30_NR
- Publicado : Lunes 28 de Octubre de 2013 19:12 desde la IP: 189.177.55.185
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,081
-
AutorConsulta
-
Publicado el Lunes 28 de Octubre de 2013
Estado de Referencia: Aguascalientes
Buenas Tardes:
Conteste una demanda de último momento, pues mi cliente me contrato el ultimo día para artender su asunto. En la contestacion de la demanda no me dio tiempo de hacer la reconvencion, por lo que pretendo presentar una demanda en contra del que demandó a mi cliente.
Mi consulta es la siguiente:
1.-Puedo solicitar la acumulacion de los dos procesos? En que momento?
2.- En la contestacion de la demanda egregue recibos y peritaje originales, puedo solicitar su devolucion para anexarlos a la demanda que voy a presentar?
Gracias
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 330576
-
Fecha de respuesta: Miércoles 30 de Octubre de 2013 02:05 2013-10-30 02:05 desde IP: 201.141.99.177
¿Quien le dijo que puede demandar con posterioridad? El momoento procesal oportuno para reclamar algún derecho en contra del actor, es precisamente la reconvención, y si no la hizo valer perdió ese derecho. ¿Por qué no le dio tiempo de reconvenir si la contestación sí la presentó en tiempo. ¿En qué reclusorio estudió? Con razón quiere desaparecer la consulta.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 330602
-
Fecha de respuesta: Miércoles 30 de Octubre de 2013 13:17 2013-10-30 13:17 desde IP: 187.201.102.26
Si se puede demandar en forma independiente al juicio actual, ya que la reonvención es un derecho y no una obligación, pr lo que se queda a salvo para ejercitarlo con posterioridad siempre y cuando no haya fenecido el temrino para accionar las prestaciones.
Luego lo que Usted refiere se llama conexidad, y al presentar la nueva demanda seguramente por razón de los apellidos se irá al mismo juzgado y ahí se solicita desde el escrito incial que se acumulen los juicios, o si recae en diverso Juzgado se deberán acumular los juicios al Juez que conoce de la primer demanda.
-
Autor






