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INCIDENTE CRIMINAL EN JUICIO FAMILIAR
- Consulta : 211440
- Autor : dave_jdm_NR
- Publicado : Viernes 18 de Octubre de 2013 11:49 desde la IP: 189.156.106.47
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,094
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 18 de Octubre de 2013
Estado de Referencia: Coahuila
Quiero ver si se puede promover incidente criminal en contra de un exconyuge que aun despues de haber sido divorciados y haber convenido que no se molestarian, lo continua haciendo de manera masiva, existe la posibilidad de hacer que se apliquen leyes penales en contra del conyuge que hace el daño, para que no veulva a molestar a la persona ni al domicilio?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 329579
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Octubre de 2013 12:02 2013-10-18 12:02 desde IP: 187.208.76.57
si quedo asentado en la sentencia solo tiene q promover las medidas de apermio dentro del expediente principal y aparte puede levantar su denuncia de hechos ante el mp para q obre y conste o bien acta informativa
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Autor
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AutorRespuesta No: 329582
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Octubre de 2013 12:08 2013-10-18 12:08 desde IP: 189.234.173.33
una vez ocurrido el divorcio... levantada el acta... los conyuges quedan en libertad de continuar con su vida y ninguno puede o debe intervenir en la vida del otro... ni siquiera a solicitud de uno al otro...
ya no tiene derecho a llamarle la atención...
hacerle comentarios...
invitarla a fiestas... reuniones... u otras cosas...
y la otra no esta obligada a dar respuesta de nuevas amistades... trabajos... ingresos... cambios de domicilio... residencia o ciudad o país... salvo que haya hijos pendientes de pago de alimentos.... convivencias o conflictos de patria potestad o custodia...
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Autor
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AutorRespuesta No: 329586
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Octubre de 2013 12:18 2013-10-18 12:18 desde IP: 189.156.106.47
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Autor
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AutorRespuesta No: 329589
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Octubre de 2013 12:20 2013-10-18 12:20 desde IP: 189.156.106.47
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AutorRespuesta No: 329590
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Octubre de 2013 12:20 2013-10-18 12:20 desde IP: 187.208.76.57
las medidas de apremio estan contenidas en tu codigo .....por lo visto o eres estudiante de derecho y siendo asi te digo estudia tu codigo porq las medidas de apremio son igual en ambas materias
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AutorRespuesta No: 329593
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Octubre de 2013 12:31 2013-10-18 12:31 desde IP: 189.234.173.33
lo civil no cruza con lo penal... hasta que no demuestres la existencia de un delito... molestar o sugerir... o estar en el lugar al mismo tiempo... no son delitos...
si no te gusta que este ahi... cambiate... pero no lo puedes hacer cambiar a el... la ley no restringe la conducta... cuando este no es delictiva...
las medidas cautelares... sean civiles o penales... no son nunca suficientes... porque no se puede restringir el derecho constitucional de libre transito...
lo mejor es desaparecer... y no dar vista a nadie... para que este... se aloque... y puedan demostrar que la busca para molestarla... solo asi...
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