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QUE ME CONVIENE MáS, DEMANDAR EL OTORGAMIENTO Y FIRMA DE ESCRITURA O LA PRESCRIPCIóN DE BUENA FE??

  • Consulta : 210806
  • Autor : evefranko_NR
  • Publicado : Viernes 11 de Octubre de 2013 12:19 desde la IP: 187.186.202.132
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,090
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  • Autor
    Consulta

  • evefranko_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Querétaro

    Buen día, soy un joven litigante y la verdad es que agradecería muchísimo pudieran darme una opinión al respecto ya que tengo ciertas dudas sobre el juicio de otorgamiento de firma y escrituración, porque la verdad es que nunca lo había escuchado sino hasta hace poco y... no sé si pueda aplicarse al caso.

    Verán:

    Desde hace más de 20 años Menganita y Fulanito se divorciaron por mutuo consentimiento;

    Dentro del convenio que celebraron, Fulanito se comprometió a terminar de pagar la hipoteca del inmueble donde habitaban Menganita y los dos menores hijos de ambos, lo cual no cumplió y Menganita tuvo que hacer por su cuenta;

    En ese mismo convenio Fulanito se comprometía a realizar el cambio de escritura a favor de los dos menores hijos, lo cual por supuesto tampoco hizo;

    Al poco tiempo de que se dictara sentencia Fulanito desapareció y jamás se supo nada de él, y hasta la fecha se ignora si vive o muere.

     

    Obviamente los entonces menores hijos ya tienen más de 22 años y están interesados en arreglar esta situación, ya que en aquél entonces no contaban con los recursos suficientes. La madre de ambos cuenta con comprobantes de pago de predial y con la carta de finalización de adeudo que el banco otorgó en su momento.

     

     

    Mi pregunta es:

    Es procedente iniciar un juicio de otorgamiento y firma de escritura en su contra o éste solo procede derivado de contratos de compra-venta??

    O sería prudente demandar la prescripción a favor de la madre o de los menores hijos, a pesar de que ya hay sentencia ejecutoriada aun y cuando ésta no se cumplió en su totalidad durante este tiempo??

    Agradecería mucho sus opiniones, porque no creo que la prescripción sea la respuesta, pero tengo dudas respecto a la otra opción y más aun porque nadie parece saber sobre los supuestos en que es sprocedente.

     

    De antemano muchas gracias. =)

     

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  • Autor
    Respuesta No: 328719

  • olaguez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    mi respuesta es; que obtengas copias fotostaticas certificadas del juicio y ocurre ante un notario y solicitale la protocolización, ya que la sentencia señalo que los condenaba a estar pasar en todo tiempo por el convenio que ellos mismo realizaron y veras que esta es la solución



  • Autor
    Respuesta No: 328722

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    tuvieron 10 años para ejecutar la sentencia... en este momento... ya no es ejecutable... precluyo el termino..

    no hay prescripcion entre parientes...

    y no se va a dar el juicio de escrituracion... que si no es ordenado por un juez... no puedes llegar con copias de una sentencia y decirle a un notari ... escritura....



  • Autor
    Respuesta No: 329148

  • EveFrank
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    tengo entendido que la prescripcion no opera cuando se trata de ascendentes con descendentes y viceversa, a no ser que los menores alcancen la mayoria de edad y en dado caso comienza a operar no es así??

    Entonces en este caso, donde obviamente los entonces menores ya son adultos pero aun no alcanzan los 28 años para la prescripcion, pueden acudir ante el notario para escriturarla a su favor con la simple copia certificada??

    Por alguna razón sigo sintiendo que se me escapa algún detalle :S



  • Autor
    Respuesta No: 381515

  • memo902
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Solicitas copias certificadas del convenio como de la sentencia ejecutoriada, demandas el otorgamiento por los motivos que expones en tu consulta, bajo protesta de decir verdad manifiestas al Juzgado que desconocen el domicilio actual del demandado, por tal motivos solicitas se giren oficios de búsqueda, y en caso necesario se publiquen los edictos pertinentes, de esta forma considero que el Juez tendría que firmar la escritura en rebeldía, claro si ya previamente ya se tramito la liberación de la casa ante el registro público de la propiedad, y deberías de anexar a tu demanda certificado de libertad de gravamen del inmueble.



  • Autor
    Respuesta No: 382533

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  • Autor
    Respuesta No: 384228

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