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DERECHO CIVIL
- Consulta : 209569
- Autor : libye_snoop_100_NR
- Publicado : Domingo 29 de Septiembre de 2013 12:55 desde la IP: 189.166.6.171
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,083
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 29 de Septiembre de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 327253
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Fecha de respuesta: Domingo 29 de Septiembre de 2013 13:05 2013-09-29 13:05 desde IP: 187.162.210.121
Existen varias; si se pone a estudiar el Código de Procedimientos Civiles de su Estado, se dará cuenta de ello y, además, aprenderá en que vía deben tramitarse los distintos asuntos que, quizá, el día de3 mañana deba llevar a los clientes que confíen en usted, porque sí estudio y sabe.
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Autor
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AutorRespuesta No: 327268
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Fecha de respuesta: Domingo 29 de Septiembre de 2013 15:54 2013-09-29 15:54 desde IP: 189.234.153.12
Ordinaria civil Sumaria civil Sumarísima civil. Jurisdicción voluntaria... Ejecución... Ejecutiva civil... Sumaria especial de desahucio... Sumaria hipotecaria... Y así.... Pero si lees y abres tu código... O al revés... Puede que aprendas algo... Y se te quite lo burro... O lo bruto...
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