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RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD
- Consulta : 209267
- Autor : edmundoestrada_NR
- Publicado : Miércoles 25 de Septiembre de 2013 16:55 desde la IP: 201.141.74.13
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,079
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 25 de Septiembre de 2013
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas tardes,
Tengo 19 años, mis padres nunca se casaron, mi padre biológico me registró como su hijo abandonandome cuando yo tenia 1 año de edad, mi madre se juntó (sin casarse) con otro hombre al que toda la vida le he llamado padre, ahora quiero llevar su apellido y dejar el de mi padre biológico, mi actual padre está de acuerdó en darme su apellido, qué tenemos que hacer?
De antemano gracias por su ayuda.
Edmundo E.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 326893
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Septiembre de 2013 17:27 2013-09-25 17:27 desde IP: 187.232.10.23
INICIAR UNA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD EN LA VIA FAMILIAR Y QUE TU MAMA ESTE DE ACUERDO AL CONTESTAR DICHA DEMANDA.
SI TIENES ALGUNA DUDA NOS PONEMOS A TUS ORDENES
LIC. ALEJANDRO BARROSO
TEL DESPACHO 55.82.94.11
TEL NEXTEL 36.19.84.09
EMAIL. "alejandrojuridicodelgadoyasociados">alejandrojuridicodelgadoyasociados
WEB "//juridicodelgadoyasociados/">juridicodelgadoyasociados
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AutorRespuesta No: 326901
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Septiembre de 2013 18:14 2013-09-25 18:14 desde IP: 187.162.210.121
Con el debido respeto, difiero de lo opinado por el Licenciado Barroso, pues si a usted, su padre biológico lo reconoció como hijo y compareció al Registro Civil para el levantamiento de la partida de nacimiento, sería quien tendría que promover el juicio, pero no de reconocimiento, sino de desconocimiento de la paternidad, lo que difícilmente podrá prosperar, ya que tendría que demostrar en ese juicio que usted no es su hijo biológico, lo que no podría alcanzar, dado que la prueba para ello sería la de ADN, y ésta demostraría que si es quien lo engendró.
Su madre carece de interés jurídico para demandar el reconocimiento de la paternidad de otra persona distinta de su padre biológico, y quien ha asumido su responsabilidad como tal sin serlo, tampoco puede demandar el reconocimiento, tanto porque usted ya fue reconocido, como por el hecho que tampoco podrá acreditar que efectivamente él es su padre biológico, ya que la misma prueba de ADN demostrara que no lo es.
Y considerando que usted ha adquirido la mayoría de edad, se dejó pasar la oportunidad para que su madre, ante el abandono en que lo dejó su padre biológico, hubiera demandado la pérdida de la patria potestad, y al dictarse sentencia en la que se condenara a su verdadero padre a perderla, la persona a quien usted ha visto como padre, hubiera iniciado los trámite para su adopción.
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AutorRespuesta No: 326902
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Septiembre de 2013 18:24 2013-09-25 18:24 desde IP: 207.248.63.124
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