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ASESORIA PARA MI LIQUIDACION

  • Consulta : 209053
  • Autor : luissnark27677_NR
  • Publicado : Lunes 23 de Septiembre de 2013 13:05 desde la IP: 189.223.147.64
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,073
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  • Autor
    Consulta

  • luissnark27677_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Baja California

    Hola Me dirijo a ustedes solo para asesorarme para mi liquidacion  el motivo es que en mi trabajo me estan liquidando por termino de obra y se me hizo muy poco el patron me dice que eso es lo que me toca paro tube duda asi que me dirijo  hacia  ustedes  
     
    tengo un salario diario de 148.16  y de antiguedad tengo 2 años 4 meses  
    el patron me daba  3554  con todo y mi sueldo  osea que casi mi liquidacion era de 2300 se me hizo poco no traia en mi talon de pago 
    la prima de antiguedad  ni la indemnisacion  quiero saber si ando en los mismos numeros o si me quiere transear  o tal vez alguna ley sea la culpable 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 326637

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si usted fue contratado por obra determinada, y dicha obra terminó, entonces usted no tiene derecho a una liquidación, sino únicamente al pago de un finiquito que comprende las vacaciones y prima vacacional correspondientes al cumplimiento del último año de servicios, más las vacaciones y prima vacacional proporcionales a los 4 meses trabajados en exceso al segundo año, así como la parte proporcional del aguinaldo 2013.

    La razón, es que el contrato terminó por una causa plena y legalmente justificada, ya que desde que usted fue contratado, sabía perfectamente el plazo durante el cual estaría prestando sus servicios,y que consecuentemente, la relación laboral terminaría sin responsabilida para ninguna de las partes, al quedar concluida la obra para la que se le contrató.

    En consecuencia su finiquito debe ascender a:

    Vacaciones segundo año, 8 días $ 1,185.28 (solamente en caso que no las haya disfrutado);

    Prima vacaconal segundo año $ 296,32 (solamente en caso que no las haya disfrutado);

    Vacaciones proporcionales 4 meses 3.33 días, $ 493.86;

    Prima vacacional proporcional 4 meses $ 123.46

    Aguinaldo 2013 proporcional 6.25 días $ 926,00

    Más el salario devengado.



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