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RENUNCIA VOLUNTARIA
- Consulta : 209051
- Autor : rebefiufiu_NR
- Publicado : Lunes 23 de Septiembre de 2013 12:31 desde la IP: 189.232.76.84
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,066
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 23 de Septiembre de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 326638
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Septiembre de 2013 13:19 2013-09-23 13:19 desde IP: 187.162.210.121
No, si usted renuncia voluntariamente al trabajo, no tiene derecho al pago de ninguna liquidación, ya que la terminación de la relación laboral es por decisión unilateral suya, no del patrón.
Por tanto, solamente tiene derecho al pago de las partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, así como sueldos devengados al momento de su renuncia.
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