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RESCISION DE UN CONTRATO DE OBRA PúBLICA
- Consulta : 209020
- Autor : Lirar
- Publicado : Lunes 23 de Septiembre de 2013 08:42 desde la IP: 189.236.227.192
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,098
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 23 de Septiembre de 2013
Actualmente me encuentro trabajando en una emoresa que tiene un contrato de obra publica con la siguiente problematica,
el periodo de ejecución contractual del contrato ya se terminó.
Se continuó trabajando sin contrato ni convenio dos meses
Fuimos notificados por la Dependnecia de la Rescision del contrato dos meses posterior a la fecha de terminacion del contrato.
nuestra duda es si la Rescision de un contrato de obra publica, se debe hacer durante la vigencia del contrato, o se puede hacer despues de haberse terminado el periodo contractual como fue el caso que nos sucedió.
Revisando la ley y el reglamento de obra publica, no menciona en que fase se debe hacer la notificación de la Rescision de un contrato, les agradeceré todo el apoyo que me fuera proporcionado para esclarecer esta duda que tenemos.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 343618
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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Marzo de 2014 09:34 2014-03-10 09:34 desde IP: 189.193.102.193
Hola, el contrato de obra pública no concluye sus efectos al fin del plazo de ejecución.
El contrato de obra, particularmente termina hasta que se elabora el finiquito de obra.
Por tanto si la empresa constructora no ha concluida la obra y esta fuera del plazo de
ejecución la rescisión puede iniciarse, precisamente, para que el final del procedimiento
se elabore un finiquito, regularmente en contra de la empresa.
No pongas en riesgo el patrimonio de la
empresa. Ponte en contacto con los expertos
Checa nuestro artículo.
Defensa contra la rescisión de un contrato de obra pública.
despachomata/drupal/node/6
Atte.
Equipo de Abogados en Obra Pública.
contactodespachomata
tel 01 222 6210051
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