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COMO CALCULAR LA INDEMNIZACION PAR INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL
- Consulta : 208697
- Autor : kamyla salazar
- Publicado : Jueves 19 de Septiembre de 2013 08:21 desde la IP: 201.172.224.6
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,080
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Publicado el Jueves 19 de Septiembre de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 326250
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Fecha de respuesta: Jueves 19 de Septiembre de 2013 09:49 2013-09-19 09:49 desde IP: 187.237.14.208
Al trararse de una IPP, supongo producto de un riesgo de trabajo, y al no rebsar 25% de valuación corresponde el pago de una indemnización. Esta será el equivalenre a cinco anualidades de la que hubiera correspondido en caso de pensión. Es decir, el 25% del 70% del salario base de cotización diario, multiplicado por cinco años.
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