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AGRARIO
- Consulta : 208107
- Autor : tqmjaz_NR
- Publicado : Miércoles 11 de Septiembre de 2013 14:09 desde la IP: 187.135.55.209
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,245
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 11 de Septiembre de 2013
Estado de Referencia: Puebla
BUEN DIA
MI PREGUNTA ES SI UNA PERSONA QUE TENIA EJIDOS FALLECE Y TAMPOCO DEJO LISTA DE SUCESORES PERO ESTABA CASADO EN EL RAN ME DIJERON QUE DEBO HACER UN JUICIO PERO QUIEN DEBE PROMOVERLO LA ESPOSA? PORQUE UNA HIJA QUIERE QUEDARSE CON TODO
ENTONCES HASTA QUE PUNTO INFLUYE EL QUE ESTEN CASADOS PORQUE LA ESPOSA QUIERE SUPUESTAMENTE FIRMARLE A UN HIJO QUE EL SEÑOR SE LOS DEJO DE PALABRA
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 360369
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Fecha de respuesta: Domingo 20 de Julio de 2014 00:41 2014-07-20 00:41 desde IP: 201.141.253.42
Los derechos de un titular finado sin sucesores, forzosamente debe. llevarse ante los Tribunales Agrarios y frente al Magistrado resolver a quien se adjudican los derechos. No olvides que en materia sucesoria, no valen los acuerdos de palabra.
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Autor
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AutorRespuesta No: 360370
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Fecha de respuesta: Domingo 20 de Julio de 2014 00:41 2014-07-20 00:41 desde IP: 201.141.253.42
Los derechos de un titular finado sin sucesores, forzosamente debe. llevarse ante los Tribunales Agrarios y frente al Magistrado resolver a quien se adjudican los derechos. No olvides que en materia sucesoria, no valen los acuerdos de palabra.
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