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QUIIERO SABER SI PUEDO PEDIR AYUDA PARA GASTOS EL MATRIMONIO AUNQ YA NO ESTE TRABAJANDO. MUCHAS GRACIAS
- Consulta : 206333
- Autor : esjo_roel07_NR
- Publicado : Miércoles 21 de Agosto de 2013 13:51 desde la IP: 187.244.8.25
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,144
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 21 de Agosto de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 324244
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Fecha de respuesta: Viernes 23 de Agosto de 2013 13:24 2013-08-23 13:24 desde IP: 200.79.74.114
Depende de cuando dejaste de cotizar al momento de contraer matrimonio a continuacion te transcribo el marco legal.
Los requisitos para tener derecho a la ayuda para gastos de matrimonio de acuerdo a la Ley del Seguro Social y demás normas aplicables son:
- Tener acreditado un mínimo de 150 semanas cotizadas ante el Instituto en el seguro de retiro, cesantía y vejez a la fecha de celebración del matrimonio.
- Comprobar la muerte del(a) cónyuge anterior o el acta de divorcio.
- No haber sido registrado(a) con anterioridad en el Instituto, con la calidad de cónyuge en ambos casos.
- No haber ejercido este derecho con anterioridad.
- Estar vigente como asegurado o estar dentro de los 90 días de la conservación de derechos a partir de la baja.
- A fin de mejorar la atención a la población derechohabiente, ahora es posible presentar la solicitud para esta prestación en el Servicio de Prestaciones Económicas de cualquier clínica del IMSS del país, en un horario de 8:00 a 15:00 hrs. de lunes a viernes.
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