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PROCEDIMIENTO EN AMPARO INDIRECTO

  • Consulta : 206074
  • Autor : jazmin_NR
  • Publicado : Lunes 19 de Agosto de 2013 10:48 desde la IP: 187.207.37.228
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,132
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  • Autor
    Consulta

  • jazmin_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Una disculpa por mi falta de conocimientos jurídicos.

    En un amparo indirecto respecto de un no ejercicio de la acción penal, se deben presentar alegatos, y en caso de ser así, cuando hay que hacerlo.

    Gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 323995

  • ZETH
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Hola Jazmin,  te comento lo siguiente, antes de pensar en promover un amparo te sugiero que  con tu abogado especialista en materia penal promuevas un recurso de inconformidad ante el responsable de la agencia del ministerio público, este recurso del que te comento se promueve en un termino de 10 días despues de que surtio efectos la notificación,  (si tu querella o denuncia segun sea el caso) las notificaciones se haran por estrados en la misma agencia del  MP en donde iniciaste tu querella o tu denuncia, por ende debes estar pendiente, recuerda que cuando se determina un NEAP (NO EJERCICIO DE LA ACCION PENAL) es por que el Mp no encontro suficientes elementos para integrar debidamente la averiguación previa, pruebas, testimonios, etc... y lo que se busca con la inconformidad es hacerle ver al MP que no  tomo en cuenta tales probanzas, elementos, testimonios, etc...  obviamente se reaperturara tu averiguación,  porque te sugiero esto? porque si es una tactica del abogado promover el amparo  este personaje que te esta auxiliando lo que pretende es sacarte dinero... mucha suerte! a tus ordenes



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