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LEGALIZAR MI ESTANCIA EN MéXICO

  • Consulta : 205280
  • Autor : kcire_eml_NR
  • Publicado : Viernes 09 de Agosto de 2013 00:08 desde la IP: 187.207.248.211
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,132
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  • Autor
    Consulta

  • kcire_eml_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México
    Hola buenas noches. Mi consulta es acerca de como legalizo mi estancia en México Soy estadounidense por nacimiento, nací en California, pero mis papas son mexicanos, desde que tenía 6 meses me trajeron a México y nunca jamás he vuelto a EUA. Ahora tengo 20 años. Tengo mi acta de nacimiento de California. Apenas saqué mi pasaporte estadounidense. Quiero sacar mi forma migratoria para tener legal estancia aquí, pero me dicen que no se puede porque ya soy mayor de edad. No se que trámite realizar para tener una fm. Les agradezco su atención en mi caso y de antemano gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 323340

  • jfbueron
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    tu eres mexicano por nacimiento

    esta informacion esta en la pagina de la sre

    REGISTRO DE NACIMIENTO

    A partir de la reforma a  la Constitución mexicana en el mes de marzo de 1998, si una persona se hace nacional o nace en otro país, puede obtener la nacionalidad mexicana, si por lo menos uno de los padres es mexicano. Para tal fin, tiene que ser registrado en una Oficina del Registro Civil en México o en una Representación Consular del Gobierno Mexicano en el exterior, como el Consulado de México en Anchorage. De esta forma, es posible tener  las dos nacionalidades, sin tener la necesidad de renunciar a una.

     

    Ventajas que se obtienen al registrarse como mexicanos: La principal ventaja que le otorgan a sus hijos, es la posibilidad de adquirir una segunda nacionalidad, lo cual significa que ellos podrán vivir en cualquiera de los dos países, gozando de todos los derechos. Es decir, sus hijos podrán elegir en dónde quieren residir, estudiar o trabajar: en México ó en los Estados Unidos.


    ¿Qué pasa si no se registra a los niños como mexicanos? En caso de viajar a México los niños  ingresarían al país como extranjeros, por lo tanto sus derechos y obligaciones serían como tales y sólo podrían permanecer seis meses en el país. Si prolongan su estancia por un período de más de seis meses, al regresar a los Estados Unidos las autoridades migratorias cobrarían una multa por cada día extra de la fecha autorizada.

     

    Además, en las escuelas públicas o cualquier institución pública (como los hospitales mexicanos), los niños tendrán problemas para ser admitidos en virtud de que son extranjeros y estos servicios únicamente son gratuitos para los ciudadanos mexicanos. Cabe mencionar que una vez realizado el registro de nacimiento, se recomienda tramitar el pasaporte mexicano para que sea utilizado en su próximo ingreso a México.


    Requisitos para realizar el Registro de Nacimiento de hijos de padre o madre Mexicanos nacidos en el extranjero:

     

    1.     Debe presentarse en el Consulado de lunes a viernes de 9:00am a 1:30pm y llenar solicitud. "//consulmex.sre.gob/anchorage/images/documentacion/Formato%20para%20el%20Registro%20de%20Nacimiento.pdf" target="_blank">Descargar Solicitud

     

    2.     Tienen que acudir al Consulado los dos padres y el (o los) niño(s). El registro del niño lo puede hacer uno de los padres si presentan el original del Acta de Matrimonio por el Civil.

     

    3.     Prueba de Nacimiento del menor:

    - Acta de nacimiento "//portal.sre.gob/chicago/pdf/actaNacVersionLarga2.pdf" target="_blank">"versión larga", acreditando el lugar, la fecha y hora de nacimiento, así como el nombre completo de los padres, si presenta errores no será aceptada. El acta original no se devolverá.

     

    4. Prueba de identidad del menor:

    -       Si su hijo es menor de seis años, presentar cartilla de vacunación.

    -       Si ya cumplió seis años presentar ID original del estado, pasaporte o identificación de la escuela.

     

    5.     Comprobante de nacionalidad mexicana de uno o ambos padres:

    -       Acta de nacimiento, declaratoria de nacionalidad mexicana, carta de naturalización, pasaporte mexicano o matrícula consular de alta seguridad, entre otros.

     

    6.     Identificación oficial vigente de los padres:

    -       Pasaporte, matrícula consular, credencial de elector, cartilla militar liberada o Declaratoria de Nacionalidad Mexicana.

     

    7.     Si alguno de los padres es de otra nacionalidad, presentar pasaporte vigente o acta de nacimiento e identificación oficial vigente.

     

    8.     Acta de matrimonio civil, si los padres se casaron antes del nacimiento del menor. Si los padres no están casados o se casaron después del nacimiento del menor, ambos deberán presentarse para firmar el acta el día de la cita, de lo contrario no podrá realizarse el trámite.

     

    9.     Presentar dos testigos mayores de 18 años de edad que cuenten con identificación oficial vigente.

     

    10.  El registro es gratuito. La expedición de copias certificadas tiene un costo de $13.00 dólares cada una, el pago debe realizarse en efectivo o tarjeta de crédito no se aceptan cheques personales.

     

    Este Consulado no cuenta con servicio de fotocopiado.

     

    PROCEDIMIENTO

    1.     Entregar personalmente toda la documentación original anteriormente mencionada. El horario de atención al público y recepción de documentos es de lunes a viernes de 9:00AM a 1:00PM.

    2.     Una vez aceptados sus documentos se le dará una cita para llevar a cabo el registro.

    Después de dos años, también podrá solicitar copias certificadas del acta de nacimiento en:

    Archivo Central del Registro Civil del DF
    Arcos de Belén y Dr. Andrade
    Col. Doctores, 06700
    México, D. F.
    Teléfonos 5578-7140 y 5578-7143


    IMPORTANTE :


    El Registro de Nacimiento de sus hijos también lo puede realizar en México . Este trámite se denomina “Inserción de Acta Extranjera”, para lo cual deberá presentar en la Oficina de Registro Civil en México, los siguientes documentos:

    1.     Acta de nacimiento “versión larga”, debidamente apostillada.

    2.     Una vez en México, el acta de nacimiento deberá ser traducida por perito traductor autorizado por el Tribunal Superior de Justicia, con el propósito de que se lleve a cabo la inscripción en territorio mexicano en la Oficina del Registro Civil que los interesados decidan.



  • Autor
    Respuesta No: 323396

  • JUANTONIOS
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    La única observación que puedo hacer al forista anterior es que México no acepta la doble nacionalidad, la doble nacionalidad la tendrías en E.U.A., pero en México para todos lo efectos una vez que tienes el acta de Naciomiento expedida por una autoridad mexicana eres considerado mexicano y nunca de otra nacionalidad.



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