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REQUERIMIENTO DE DOCUMENTO NO SOLICITADO EN UNA AUDITORíA DE LA ASF Y POR EL CUAL SE DERIVO UNA PRAS
- Consulta : 204661
- Autor : raqms82_NR
- Publicado : Miércoles 31 de Julio de 2013 17:24 desde la IP: 189.179.15.202
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,135
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 31 de Julio de 2013
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas Tardes, mi consulta es la siguiente:
Están citandome a una audiencia de Ley prevista por la fracción I del Artículo 21 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas, debido a una PRAS que envió la ASF al Titular del Órgano Interno de Control de la entidad en la que yo laboré. Leyendo en este citatorio los hechos que se me iman y el resultado de las investigaciones que realizó el propio OIC, se me ima, de acuerdo al Manual Administrativo de la entidad, el no enviar en mi calidad de Gerente de Adquisiciones, diversos oficios a distintos clientes, solicitando el pago de adeudos por parte de los mismos. Cuando se realizó la auditoría en cuestión por parte de la ASF, no me fueron solicitados dichos oficios, por lo que deduzco, que presumieron su no existencia. Mi pregunta es la siguiente: si en su momento no me fueron solicitados dichos oficios y derivado de esto, se desprendió por parte de la ASF una PRAS, puede ahora el OIC darle continuidad a la misma siendo que nunca me fueron requeridos durante el desarrollo de la propia Auditoría?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 322638
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Fecha de respuesta: Miércoles 31 de Julio de 2013 18:15 2013-07-31 18:15 desde IP: 201.141.113.177
Tan pueden que ya lo están haciendo. Usted sólo debe presentarse a la audiencia con su abogado especialiasta en la materia, para manifestar que nunca le requirieron de tales oficios pero que sí se enviaron y en ese momento los exhibe, previamente deberá sacar copias certificadas para quedarse con los originales. Si aún así le fincan responsabilidad podrá acudir al TFJFA para impugnar, recuerde que los órganos de contro pierdel más del noventa por ciento de los juicios.
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Autor
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AutorRespuesta No: 322650
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Fecha de respuesta: Miércoles 31 de Julio de 2013 20:46 2013-07-31 20:46 desde IP: 189.235.19.140
si pueden, pero esta situacion la debe analizar su abogado al orientarlo
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Autor