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FORMATO DE UN AMPARO
- Consulta : 203849
- Autor : margarita yam
- Publicado : Domingo 21 de Julio de 2013 23:14 desde la IP: 187.252.87.196
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,230
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 21 de Julio de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 321796
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Fecha de respuesta: Domingo 21 de Julio de 2013 23:29 2013-07-21 23:29 desde IP: 201.141.108.241
Preocúpese por contestar la demanda para demostrar que ha transcurrido el término para su cobro, eso lo debe demostrar en el juicio principal como excepción y no en el amparo. Todo mundo piensa que el amparo es mágico. El Derecho es una Ciencia, aunque nazca cada día una escuela patito y egresen mil coyotes con cédula, no significva que los abogados seamos unos payasos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 321798
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Fecha de respuesta: Domingo 21 de Julio de 2013 23:44 2013-07-21 23:44 desde IP: 201.141.77.205
No es procedente el amparo, en caso de que lo promuevas este sería desechado por notoriamente improcedente atendiendo al principio de definitivaidad que impera en el amparo.
En atencion a este principio primero tendras que agotar todos los medios ordinarios de defensa, es decir, contestar la demanda, ofrecer pruebas, prepararlas y que sean desahogadas, etc. y en su caso de que la demanda no te sea favorable antes tendras que apelar ante el superior del juez que conocio en primera instancia y transcurrido esto, podras promover el amparo directo.
Sin duda mi consejo es que consigas un abogado experto en la materia para que prepare tu defensa ya que como menciono antes mi colega, tienes que contestar la demanda y el amparo no es ningun medio juridico-magico para defenderte en contra de cualquier particular o autoridad.
Sin mas por el momento quedo a tus ordenes esperando haber sido de utilidad.
Lic. Javier Luna
Morelos 89-A Colonia Juarez, México D.F. cel 5514833856
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Autor
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AutorRespuesta No: 321813
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Fecha de respuesta: Lunes 22 de Julio de 2013 00:39 2013-07-22 00:39 desde IP: 201.141.108.241
Estimado consultante, haga caso omiso de cualquiera que le "asesore" en este foro y carezca de cédula profesional y mucho más de cualquiera que señale cédulas inexitentes como es el caso de Novalus, quien usurpa una cédula inexistente pero mucho más cuidado debe tener de quien se quiera contactar con un teléfono celular. ¿Qué puede esperar de quien usurpa un cédula y ni cuenta con teléfono fijo? Corra lo más lejos que su teclado le permita.
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Autor
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AutorRespuesta No: 348048
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Fecha de respuesta: Martes 25 de Marzo de 2014 12:59 2014-03-25 12:59 desde IP: 201.157.1.180
Es enserio la pregunta? si ostenta como solo consultante aclaro:
Si se acepta la demanda es porque cumple con los requisitos formales para ser dictado auto de exhequendo; una situacion es que sea admitida y otra que con la radicacion quiera decir que la litis ya este ganada, no procede amparo si es abogado que lo dudo bastante, no ha cumplido con uno de los requisitos importantisimos en materia de amparo, entodo caso conteste su demanda en tiempo y forma, y en momento procesal oprtuno imponga el incidente que haya de aplicarsse o dentro de las mismas exepciones puede impugnar, no menciono el tipo de inicidente por que si es abogado ESSSTUDIEEE PORFAVOR¡¡¡¡ DEMUESTRE CONOCIMIENTOS
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