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JUBILACION ALIMENTOS

  • Consulta : 202344
  • Autor : nell_nell_NR
  • Publicado : Martes 02 de Julio de 2013 23:03 desde la IP: 201.160.99.213
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,082
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  • Autor
    Consulta

  • nell_nell_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guerrero

    EL DINERO QUE SE LE OTORGA A UN TRABAJADOR AL JUBILARSE, TAMBIEN SE DESCUENTA EN CASO DE TENER UNA PENSION DE ALIMENTOS? GRACIAS.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 320138

  • sotnas125
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Mientras existan acreedores alimentarios y una resolución judicial que obligue al cumplimiento de esta obligación legal, es procedente. El deudor alimentario solo puede dejar de cumplir dicho mandato, iniciando una demanda ante juez competente, en el cual deberá acreditar mediante pruebas fehacientes, que los acreedores alimentarios han dejado de necesitarlos en virtud de encontrarse en los siguientes presupuestos legales: (cumplir mayoría de edad y no estudian, término de estudios profesionales, emancipación por matrimonio, etc.). el Juez previa valoración de las pruebas en mención y escuchado a las partes, emitirá un SENTENCIA, misma que deberá causar ejecutoria y girarse oficio a la EMPRESA del trabajador para que a partir de la fecha indicada, deje de hacer las retenciones por este concepto.



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