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CREDITO FISCAL A CARGO DE MI EMPRESA POR NO RETORNAR VEHICULO A TIEMPO

  • Consulta : 201834
  • Autor : caleman_NR
  • Publicado : Miércoles 26 de Junio de 2013 22:10 desde la IP: 187.209.77.193
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,091
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  • Autor
    Consulta

  • caleman_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Tamaulipas

    Les pido de favor su ayuda y comentarios de como resolver este caso,

    Multa:  al no haber acreditado oportunamente el retorno de un vehiculo propiedad de mi empresa, se nos hace acreedor a la sancion prevista por el articulo 183, fracc. II de la Ley Aduanera en cantidad de $13,120.00 dicha multa se determina en su monto minimo en virtud de que el infractor no incurrio en los supuestos de agravantes previstos por el articulo 198 de la Ley Aduanera.

    Resolviendo lo anterior con un credito fiscal a nuestro cargo.

    comentario el Vehiculo ya lo nacionalizamos mexicano se retorno en febrero de este año y se legalizo en marzo mismo  año.

    nos marcan que nos pasamos 106 dias despues de que debio ser retornado.

     

    me pueden ayudar de como elaboro un recurso de revocacion del art 203 de la ley Aduanera en relacion a los art, 116,117,120 y 121 del codigo fiscal de la federacion, art. 23 de la Ley Federal de derechos del contribuyente

     

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