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DESISTIMIENTO DE LA ACCIóN
- Consulta : 201
- Autor : jfmn1808_NR
- Publicado : Miércoles 26 de Noviembre de 2008 18:47 desde la IP: 189.175.216.206
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,544
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 26 de Noviembre de 2008
En un juicio hipotecario cuyos demandados son el deudor y dos avales, el actor se desitió de la acción exclusivamente del deudor principal porque no tiene bienes para garantizar el pago y de los avales no se desistió de la acción, mi pegunta es ¿el desistimiento beneficia a los otros codemandados o puede seguir el actor en contra de ellos (avales)?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 365
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No benefici el desistimiento de la accion a los avales pues este desistimiento es solo para volver a encausar la demanad en otro sentido cuando se desiste de la demanda entonces si beneficiaria a los deudores que se configuran como avalistas otra cosa el desistimiento tiene que hacerse antes de que se le notifique a la otra parte de lo contrario requiere de su aautorizacion
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Autor
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AutorRespuesta No: 373
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jfmn1808_NR:
Difiero de lo expresado por el forista Josué, cuenta habida que, si no se renunció al beneficio de orden y excusión, entonces cabe la posibilidad, de denunciar el pleito oponiendo estas excepciones de orden y excusión, para el efecto de que los avalistas sean demandados después de que el deudor principal resulte insolvente.
Como se observa, el desistimiento de la acción encierra el peligro de que el acreedor se quede con un palmo de narices.
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Autor