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FALTA DE COMPROBANTES PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 200315
- Autor : enriquefabbre_NR
- Publicado : Martes 11 de Junio de 2013 08:39 desde la IP: 187.133.166.220
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,095
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 11 de Junio de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 318674
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Junio de 2013 17:53 2013-06-11 17:53 desde IP: 189.165.69.146
No lo puede demandar por abandono puesto que menciona que ya se divorciaron y por tanto ya se liquido la sociedad, en todo caso le estara demandando la falta de pago de pension alimenticia; que puede hacer pues contestar la demanda exhibiendo los fichas de deposito con las que cuenta y si no pudiese encontrar las que le hacen falta en todo caso podria solicitar al C. Juez para que este a su vez requiera a la Institución bancaria en la cual ha estado depositando y de esta manera poder comprobar que no ha incumplido con el pago de dicha pensión.
Trabajo para un despacho si quisiera una mejor asesoría con gusto le dejo mi correo es: salvador130303(a)
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Autor
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AutorRespuesta No: 359162
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Julio de 2014 12:58 2014-07-07 12:58 desde IP: 201.153.61.202
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AutorRespuesta No: 359164
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Julio de 2014 13:24 2014-07-07 13:24 desde IP: 201.102.225.156
Efectivamente el divorcio da por terminado el matrimonio y deja alas parejas para contraer otro en el momento que lo decidan , lo que le estan exigiendo es el pago de la pernsion alimenticia , pero como usterd lo manifiesta tiene los comprobantes de parciales , se deberan exhibir los totales para demostrar plenamente el cumplimiento de los alimentos a un menor o menores el abandono no aplica por que ya estan divorciados ,pero si es de importancia informarle que si ya hay una sentencia para dar alimentos es importante que lo resuelva de manera inmediata . para evitar futuros problemas .
me reitero a sus ordenes maestro en derecho penal leoncio villanueva mi correo leo_villa08
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Autor
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AutorRespuesta No: 359165
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Julio de 2014 13:24 2014-07-07 13:24 desde IP: 201.102.225.156
Efectivamente el divorcio da por terminado el matrimonio y deja alas parejas para contraer otro en el momento que lo decidan , lo que le estan exigiendo es el pago de la pernsion alimenticia , pero como usterd lo manifiesta tiene los comprobantes de parciales , se deberan exhibir los totales para demostrar plenamente el cumplimiento de los alimentos a un menor o menores el abandono no aplica por que ya estan divorciados ,pero si es de importancia informarle que si ya hay una sentencia para dar alimentos es importante que lo resuelva de manera inmediata . para evitar futuros problemas .
me reitero a sus ordenes maestro en derecho penal leoncio villanueva mi correo leo_villa08
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