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DESPOSITARIO
- Consulta : 198451
- Autor : mmillan2009_NR
- Publicado : Viernes 24 de Mayo de 2013 12:42 desde la IP: 189.254.241.2
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,072
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 24 de Mayo de 2013
Estado de Referencia: Michoacán
Hola, buen dia necesitos de sus consejos en el que hacer en el siguiente caso:
Estuve laborarando en una empresa en la cual tuvo varios credito fincados por el la autoridad y en la cual quede como despositario de los bienes, la empresa por problemas financieros cerro en 2004, posteriormente a esta fecha ya no ingrese a la empresa por que ya deje ser empleado, ademas de que solo se podia entrar con autorizacion de la Adsministracion portuaria Integral ya que se trata de una empresa localizada dentro de un recinto fiscalizado.
Como antecedente comento que el cierre de la empresa fue del dominio publico, asi tambien el que fue saqueada por los amantes de lo ajeno sobre todo todo el cableado de cobre que fueron varias toneladas,
Actualmente la autoridad me quiere notificar para que haga entrega de los bienes por los que quede como depositario, y no en la ubicacion si no en mexico, como voya hacer eso si son naves industriales con toneladas de maquinaria la cual a lo mejor ya ni sirven por tanto tiempo abandonadas
Tambien quiero comentar que en 2011 la autoridad notifico al deudor la aplicacion del producto de remate de los bienes embargados segun avaluo de 2011.
Por lo anterior expuesto me podrian indicar que debo hacer
Saludos y agradezco sus comentarios
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 317531
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Fecha de respuesta: Viernes 24 de Mayo de 2013 15:38 2013-05-24 15:38 desde IP: 189.244.39.202
Usted como Interventor tiene bajo su responsabilidad los bienes que le fueron dejados bajos su guarda y custodia....
si los bienes fueron rbados, debio de interponer la denuncia correspodiente al MP y dar aviso al SAT...
desde luego que al requerirle el SAT la entrega de los bienes, se refiere en "papel" y no "fisico"...para que el SAT designara nuevo depositario (a la propia autoridad) y recibir lod bienes, esto es, la autoridad por medio de representante acudira al lugar donde se encuentran los bienes a fin de verificar que se encuentran en el estado en que le fueron depositados a Usted...
Toda vez que el SAT aplico el remate, es por ello que usted debe entregar dichos bienes...
Si no denuncio el robo, el deterioro, o cualquier otra causa y hace la entrega incompleta o no la hace, le fincaran responsabilidades y al bote va a dar hasta "devolver" o pagar lo que se le dio a guardar.
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