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PRESCRIPCION DE ACCION EN DESPIDO INJUSTIFICADO

  • Consulta : 198188
  • Autor : Macarioac
  • Publicado : Miércoles 22 de Mayo de 2013 11:57 desde la IP: 189.182.215.172
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,079
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  • Autor
    Consulta

  • Macarioac
    USUARIO REGISTRADO

    Buenos dias, tengo una pregunta y agradeseria mucho me pudieran ayudar. Si un trabajador fue despedido el 20 de Enero del 2012, pero no se le dio de baja en el Seguro Social hasta el 20 de septiembre del 2012 y este presenta su demanda el 19 de Noviembre del 2012. Ahora mi pregunta es ¿Ya le prescribio la accion para demandar el despido injustificado o por el hecho de no haber sido dado de baja en el seguro social esta dentro del tiempo para demandar que es de dos meses a partir de cuando ocurrio el despido?

    Gracias, espero me puedan ayudar.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 317326

  • Valenciagerardo
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes, la Ley establece que a partir de que termina la relación laboral, por cualquiera que fuera la razón, el trabajador tiene 60 días para presentar su demanda, por lo tanto si el despido ocurrió el día 20 de enero, su derecho a demandar prescribió aproximadamente el 22 de Marzo (60 días naturales).

    En este caso, el trabajador tendría que demostrar que la relación laboral subsistió con posterioridad a esa fecha, con recibos de nómina, listas de asistencia, contratos, oficios, correos electrónicos o cualquier otro medio.

    En el supuesto de que no lo pueda realizar, pues absolveran al patrón.

    Espero sea de ayuda.

    Saludos.



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