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HORAS EXTRAS

  • Consulta : 196776
  • Autor : esperanzaconamor_NR
  • Publicado : Miércoles 08 de Mayo de 2013 15:36 desde la IP: 187.252.28.173
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,072
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  • Autor
    Consulta

  • esperanzaconamor_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco

    Hola buen día, mira tengo una duda respecto a como debo pagar las hras extras,

    mira en una empresa trabajan de lunes a viernes un total de 48 horas, p no trabajar los sabados, pero cuando tienen mucho trabajo se trabaja los sabados, mi duda es si ese día, el sábado se debe pagar doble o triple??

    y en caso de q se trabaje los domingos se pagaria triple el domingo??

     

    les agradeceria mucho si me pudieran ayudar,, 

    de antemano gracias!!

     

     

     

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 316058

  • GeekDrill
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    1.- El laborar el sábado no implica que un trabajador por sus pistolas diga que "paga" las horas durante la semana con tal de no ir el sábado. A su empresa le sale mucho más caro pagar las horas extras generadas durante la semana que pagar el sábado. En todo caso la empresa está indefensa puesto que aunque haya acordado con el trabajador que labore más tiempo del debido, este puede fácilmente desdecirse en caso de una demanda y usted no puede comprobar nada aparte de que las horas extras se tienen que pagar si o si, no son renunciables y no pueden estipularse en un contrato más horas diarias de las que marca la ley.

    2.- El día de descanso no tiene forzosamente que ser el domingo, pues la ley dice solamente que por cada 6 días de trabajo corresponde uno de descanso. Lo único que se paga si un trabajador labora en domingo es su prima dominical que es el 25% del salario diario.

    3.-Unicamente se paga doble (el salario del día) cuando el trabajador labore el día en que le correspondía su descaso sea cual fuere de la semana o bien cuando labore en un día de descanso obligatorio. Se pagaría triple solo sí llegara a coincidir que su día de descanso cae en un día de descanso obligatorio.

    Por ejemplo: 

    El trabajador descansa los domingos y por casualidad un domingo x cae en día festivo oficial y al trabajador se le pide que vaya a laborar:

    Salario Diario: $100

    Prima Dominical por laborar domingo (25%) $25

    Salario Doble por laborar su descanso $100

    Salario Triple por laborar día festivo $100

    Total a pagar por ese día:  $325



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