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PENSION JUSTA

  • Consulta : 194691
  • Autor : nr_NR
  • Publicado : Lunes 22 de Abril de 2013 14:01 desde la IP: 72.37.171.28
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,222
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  • Autor
    Consulta

  • nr_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    Buenas tardes, solo quisiera saber lo que seria una pension justa, llevo 5años separado de mi esposa, en los cuales ella se queda con la casa que es de ambos, pero por la niña que tenemos de 10 años esta bien, asi mismo todos los servicios durante este tiempo han corrido por mi cuenta, asi mismo los vales de despensa que se generan en mi trabajo, tambien todos los gastos de la educacion de nuestar hija, tambien le comento que la niña come a diario en casa de mi mama esto por que mi pareja trabaja y mi mama es al que la recoje en el colegio, y los viernes y sabado se queda conmigo la niña entregandola los domingos despues de mediodia, yo solo quisiera saber cual seria una pension justa, ya que estamos pensando en el divorcio definitivo ,

    de antemano agradecere su respuesta.

    Slds

    Salvador

     

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  • Autor
    Respuesta No: 314539

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    del 10 al 25% de tu salario... solo para la niña...

     

    Por ALIMENTOS se entiende:

    Comprende la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en caso de enfermedad

    Respecto de los hijos, los alimentos comprenden, además de lo señalado, los gastos necesarios para la educación básica del acreedor y para proporcionarle algún oficio, arte o profesión “honorable”, honesta y adecuada a su sexo y circunstancias personales.

    Respecto de las personas con capacidades diferentes, de los adultos mayores o las declaradas en estado  de interdicción, los alimentos comprenden además, los gastos necesarios para el tratamiento especial que requieran.

    LOS ALIMENTOS DEBEN SER PROPORCIONADOS DE ACUERDO A LA POSIBILIDAD DEL QUE DEBA DARLOSY A LA NECESIDAD DEL QUE DEBA RECIBIRLOS. DETERMINADOS POR CONVENIO O SENTENCIA, LOS ALIMENTOSTENDRÁN UN AUMENTO AUTOMÁTICO EQUIVALENTE AL AUMENTO PORCENTUAL DEL SALARIO MINIMO DIARIO VIGENTEEN LA ZONA ECONÓMICA DE QUE SE TRATE, SALVO QUE EL DEUDOR ALIMENTARIO DEMUESTRE QUE SUS INGRESOS NO AUMENTARON EN IGUAL PROPORCIÓN. EN ESTE CASO, EL INCREMENTO A LOS ALIMENTOS SE AJUSTARÁ AL QUE REALMENTE HUBIESE OBTENIDO EL DEUDOR.

     



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