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DEMANDA PATERNIDAD

  • Consulta : 191389
  • Autor : lnjaneet_NR
  • Publicado : Viernes 22 de Marzo de 2013 02:05 desde la IP: 187.245.143.153
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,069
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  • Autor
    Consulta

  • lnjaneet_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco

    Me gustaría saber si puedo reclamar la paternidad y pension para mi hijo de 1 año. Convivi varios meses con el padre, yo tengo un hijo de 5 y un divorcio. Me lleve a mi primer hijo a vivir a Italia junto con su hermano, he de decir que el no atendio mi embarazo, ni pago el parto, por que la condición de ayudar al mantenimiento de mi bebe era viajar a Italia. Deje mi carrera y sali de Mexico sin nada en la bolsa, solo sus boletos que si me pago. Despues notaba que mi hijo mayor lloraba mucho y me decia salirnos de ahi, yo aun tenia esperanzas que nos entendieramos como pareja pero no aceptaban a mi hijo mayor, al grado de hacerme estallar una vez que se nego a comprarle comida sabiendo que yo ahi no tenia trabajo ni nada en la bolsa, ahi fue cuando dije basta y me regrese ya que aun ahi tenia que utilizar mi tarjeta de credito para comprarle a mis hijos cosas que les faltaban, obvio no podia trabajar por que es ilegal asi que estaba atada de manos. Debo decir que nunca me quiso dar dinero por que el decia que el se encargaba y mandaba a su mama a comprar la comida que era lo maximo que recibi ahi, de hecho tuve que insistirle un dia que mis niños no tenian ni calcetines, desde luego la mama era quien aprobaba o no la compra y quien quien en lo minimo nos acepto. Debo decir que ellos son dueños de una empresa de la cual reciben aprox 4mil euros diarios, los cuales se reparten para padres y hermanos que son dos. A mi siempre me decia que no tenia pero yo miraba cada vez mas que era una forma de controlarme. Cuando me decidi regresar a Mexico, me dijeron que no regresara nunca, con violencia, yo tenia mucho temor estaban padres abuelos bastante furiosos. Yo solo vi la estabilidad de mi hijo mayor y senti que corria peligro ahi, desde que me regrese Mayo 2011, desde entonces he pagado todo con mi tarjeta, ropa, pañales,guarderia para buscar trabajo, etc, no he recibido nada de el para ayudarme con mi bebe, hemos pasado momentos muy dificiles, por que perdi oportunidades,me sali de mi carrera y fue muy dificil retomarla y cuidar de mis pequeños, ahora trato de salir adelante y trabajo ganando apenas para subsistir. Tengo una deuda de 7mil euros en el banco por el tiempo que no labore y busque trabajos desesperada. Hace un mes le escribi una carta pidiendole un poco de ayuda para pagar mi deuda y me dijo que asi como no decidi vivir con el el ya no reconocia ni su paternidad ni la iba a asumir que perdi mi oportunidad y ahora ya no recibire nada de el. Yo estoy desesperada por que no puedo pagar mas que comida,alquiler y lo basico de ropa para salir. Quisiera saber si tengo alguna forma de reclamar algo para mi bebe o es mejor por nuestra protección dejar asi las cosas. Le agradezco de antemano.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 311774

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    es muy erratica tu manera de narrar pero por lo q te entendí lo q tiene q hacer es solicitar pension al padre de su hijo mayor q spongo fue producto de su matrimonio anterior y en su divorcio es raro q el juez no haya dejado protegido al menor.

    en cuanto al menor supongo q el padre no lo reconoció es decir no le dio sus apellidos, entonces puede iniciar juicio de reconocimiento de paternidad y posteriormente pedir alimentos busque al abogado de su localidad para q le apoyen con el tramite o bien busque defensoria de oficio en su localidad y busque ayuda con ellos



  • Autor
    Respuesta No: 311776

  • alambique
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si caso no se entendio o mas bien no se dio a entender en ciertas partes pero usted quiere una pension para su hijo, Paso 1 A qui en china y en roma el padre debe hacerse responsable de los gastos del menor y de no ser asi tendra las sanciones correpondientes. Proceda usted con la demanda de paternidad acuda al juzgado de lo familiar que le quede de su domicilio, inidque los datos del padre para que a su vez se haga un exorto al consulado para que el señor acuda a su audiencia. No le voy a mentir va a ser tardado pero al final tal vez de 2 años usted tendra las de ganar, no espere que sea dentro de un mes su solucion pero si el es el padre del menor va a terminar pagando para el sustento de su hijo.

    Conrespecto al otro hijo tambien haga una demanda para que el padre se haga responsable. Consejo no lo deje al tiempo los hijos tiene derecho de recibir la pension de su padre. asi que, pongase viva y haga las cosas. pero ya.



  • Autor
    Respuesta No: 311784

  • ortizrubiolegal
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola Buenos días.

    Por supuesto que tu hijo tiene derechos y uno de ellos primeramente es a ser reconocido por su padre biológico, por lo que primero que nada debes iniciar un juicio solicitando el reconocimiento de la paternidad, la prueba idónea para constatar la veracidad es la prueba en genética molecular mejor conocida como ADN, en donde se le puede obligar al padre a practicársela mediante medidas de apercibimiento que la ley establece, cuando este juicio llegue a la sentencia y esta se encuentre legalmente firme, se ordenara girar oficio al registro civil a efecto de llevar a cabo el cambio de los apellidos del menor, cuando este completamente concluido este trámite, entonces si podrás demandar una pensión alimenticia para tu menor hijo.

    Época: Octava Época
    Registro: 227962
    Instancia: TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO
    TipoTesis: Tesis Aislada
    Fuente: Semanario Judicial de la Federación
    Localización:  Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989
    Materia(s): Civil
    Tesis:
    Pag. 91

    [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 91

    ALIMENTOS. NO PROCEDE DECRETARLOS SI EN EL ACTA DE NACIMIENTO OFRECIDA COMO PRUEBA NO CONSTA EL RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).

    Las copias certificadas de las actas de nacimiento en las que se consigna el reconocimiento de la madre del menor sólo comprenden la relación de madre a hijo, mas no puede hacerse extensiva al padre ante la ausencia de matrimonio, sino consta de manera fehaciente la voluntad de éste de reconocer a su hijo; de ahí que sea improcedente la acción de alimentos en los términos del artículo 1144 del Código de Procedimientos Civiles según el cual además de acreditar la posibilidad de quien ha de cubrir los alimentos y la necesidad del que tiene derecho a ellos, debe acreditarse el vínculo obligacional por medio de algún documento idóneo, donde conste el mencionado reconocimiento.

    TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO

    Amparo directo 68/89. Teresa Vázquez Becerra. 6 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Oscar Vázquez Marín. Secretaria: Myriam del P. S. Rodríguez Jara.

    ORTIZ RUBIO LEGAL ABOGADOS

    ESPECIALISTAS EN DERECHO FAMILIAR

    TEL. 42019327  Y  47513179

    w w w. ortizrubiolegal. com. mx (junto)



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