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LA DUEñA DONDE VIVO MURIó
- Consulta : 184876
- Autor : silviadsextosol_NR
- Publicado : Miércoles 30 de Enero de 2013 12:30 desde la IP: 200.52.255.199
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,072
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 30 de Enero de 2013
Estado de Referencia: Distrito Federal
Donde vivo rento y la dueña murió hace 2 años y le seguimos depositando en una cuenta de banco a su nombre, la señora que la cuidaba se nombra como administradora, pero sabemos que la dueña no tuvo descendencia, cómo puedo saber si la dueña le heredó a la señora que la cuidaba y qué podemos hacer si no es heredera, nosotros tenemos la posesión de los departamentos.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 300635
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Fecha de respuesta: Miércoles 30 de Enero de 2013 18:00 2013-01-30 18:00 desde IP: 187.201.117.143
silviadsextosol:
Acuda al Banco del Ahorro Nacional S.N.C., o a las oficinas que dicho banco tiene en el edificio de los juzgados del Distrito Federal, y adquiera un billete de depósito por cada mes de renta que deba usted pagar, ya con el o los billetes, acuda a las oficinas de la Dirección de Consignaciones Civiles del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, ubicadas en la calle de Sullivan esquina Jorge Negrete, y allí le proporcionarán unos formatos o "machotes" que debe llenar con los datos que le piden, pero en el espacio correspondiente al nombre de la arrendadora, escriba el nombre de ella y a continuación la leyenda "y/o quien mejor derecho acredite tener", si es espacio es insuficiente, lleve el formato a un escritorio público donde le harán el escrito copiando el formato e intercalando los datros requeridos, escrito que usted deberá presentar en las mismas oficinas de Consignaciones, y con ello usted quedará salvada de cualquier responsabilidad que le pudieran imp-u-tar, y al mismo tiempo se asegura de que ningún o ninguna falsa administradora o falsa heredera pueda quedarse indebida e ilegalmente con esos pagos..
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Autor
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AutorRespuesta No: 300637
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Fecha de respuesta: Miércoles 30 de Enero de 2013 18:15 2013-01-30 18:15 desde IP: 189.204.24.93
Estimada silviadsextosol_NR
Usted se debe plantear dos caminos como estrategia a seguir:
1. Por una parte promover un juicio de prescripción positiva por habitar en el inmueble por más de cinco años, si ese fuera el caso y con ello notificar en el domicilio de la dueña a pesar de que ya falleció, con ello y a través del juicio garantizaría no solo la posesión del inmueble, sino a demás su propiedad, asimismo, en caso de que exista algún tercero interesado sería el momento oportuno para obligarlo a aparecer y que éste, exija lo que a derecho corresponda, en este caso se sabría si existe alguien con derecho.
2. Respeto mucho el consejo emitido por mi colega, pero que caso tiene el estar depositando, si se desconoce quienes son los herederos legitimos y quién de ellos tiene derecho a la admniistración del inmueble, lo único que lograría, es que en caso de que más adelante apareciera uno de ellos reclamando el pago de rentas venciadas se las adjudicaría. No cree usted que si ese fuera el caso ya lo habrían hecho.
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Autor
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AutorRespuesta No: 300655
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Fecha de respuesta: Miércoles 30 de Enero de 2013 20:36 2013-01-30 20:36 desde IP: 187.201.117.143
silviadsextosol:
Haga caso omiso del forista RAHA50 quien indebidamente pretende ser mi "colega", ya que carece del correspondiente título profesional así que para nada es mi "colega", pero además resulta que con su intervención demuestra total desconocimiento del derecho, cuenta habida que usted carece de posibilidades para ppromoiver un juicio de usucapión o de prescripción adquisitiva en virtud de que su calidad es de arrendataria del inmueble y requiere tener la de poseedor con justo título de propietario, además de que legalmente es imposible que proceda juicio alguno en contra de la arrendadora en atención a que ya murió y, en todo caso, el plazo para prescribir está suspendido por ese mismo fallecimiento y ausencia de albacea.
En conclusión: el forista RAHA50 escribió insensateces y consejos absurdos y carentes de base jurídica alguna.
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