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REGITRAR A MI HIJA CON MIS APELLIDOS
- Consulta : 183686
- Autor : fabepo
- Publicado : Lunes 21 de Enero de 2013 17:21 desde la IP: 201.141.53.62
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,221
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 21 de Enero de 2013
Buenas tardes.
Mi caso es el siguiente : hace 9 años di a luz a mi hija , sin embargo , pasaba por malos momentos economicos , mi pareja nos dejo y en mi trabajo no me daban seguro y mi trabajo no me daba para pagarle una guarderia y mi niña nacio con problemas respiratorios etc , asi que mi madre y yo decidimos registrarla a su nombre , es decir como si la niña fuese mi media hermana para que tuviese seguro ( ya que se enferma demasiado ) y acceso a las guarderias para madres trabajadoras , la niña siempre ha vivido conmigo y poco a poco ha mejorado mi situacion economica y mi trabajo ya me da seguro ,ahora mi mamá y yo queremos cambiarle el nombre a mi hija para que ya este registrada como tal , estoy muy confundida pues el abogado que tenia me dijo que podiamos hacerlo de una manera que a mi me parece ilegal pues el quiere sobornar a un medico para que nos diera un certificado de alumbramiento y de ahi volver a registrar a la niña y sobornar al registro civil , espero puedan ayudarme, quisiera saber a que lugar debo de ir ¿a un juzgado ,al DIF? por favor estoy confundida y me gustaria seguir un proceso legal y no el que me recomendo el abogado con el que fui.Muchas gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 299488
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Fecha de respuesta: Lunes 21 de Enero de 2013 17:28 2013-01-21 17:28 desde IP: 189.191.162.240
es que realmente señora usted si requiere el documento al cual se refiere el abogado en comento que usted consultó, ya que es requisito indispensable para el registro de un menor, es decir el acta de alumbramiento, de lo contrario usted estaria recayendo en un delito denominado delitos contra la filiación de las personas o su estado civil, tenga cuidado con ello, se entiende que desde que nació el menor a usted le debieron haber proporcionado dicho documento, porque de locontrario legalmente la madre, es la abuela y la única facultada para ejercer los derechos sobre el menor y la obligada por consecuencia, cambiar el nombre a un menor no es un juego eh independientemente de las circunstancias adversas en las que usted se haya encontrado en algun momento dado
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