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QUE DERECHO TENGO COMO CONYUGUE

  • Consulta : 181295
  • Autor : mileydi.lau.01_NR
  • Publicado : Miércoles 26 de Diciembre de 2012 20:22 desde la IP: 189.245.24.152
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,077
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  • Autor
    Consulta

  • mileydi.lau.01_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Vivo con mi pareja casi tres años en union libre tenemos una hija de dos años, actualmente vivo en la casa de mi suegra, el problema es que los bienes que compra mi pareja para nuestro patrimonio se las adueñas mi suegra y mis cuyados solo por que las compra mi pareja tiene ellos derecho a usarlas y yo no por vivo en su casa, tambien se meten muho en lo que el me da de gasto porque para ellos mucho lo que me da el .

    El les hace caso a lo que le dicen poreso ¿a que tengo derecho?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 296777

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Usted como pareja no tiene derecho a nada, en primer lugar porque no están casados, por lo tanto no existe un contrato de por medio y en segundo lugar donde viven no les pertenece ni a usted ni a su pareja.

    Para hacerse acreedora a los derechos propio del matrimonio, deben casarse y convenientemente salir de la casa donde habitan y establecer su propio domicilio conyugal.

    Quien si tiene derechos es su hija, siempre y cuando este reconocida por el padre, tiene derecho a la pensión alimenticia y a heredar en caso de fallecimiento del padre, recalco, siempre y cuando este reconocida por él.



  • Autor
    Respuesta No: 296778

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Usted como pareja no tiene derecho a nada, en primer lugar porque no están casados, por lo tanto no existe un contrato de por medio y en segundo lugar donde viven no les pertenece ni a usted ni a su pareja.

    Para hacerse acreedora a los derechos propios del matrimonio, deben casarse y convenientemente salir de la casa donde habitan y establecer su propio domicilio conyugal.

    Quien si tiene derechos es su hija, siempre y cuando este reconocida por el padre, tiene derecho a la pensión alimenticia y a heredar en caso de fallecimiento del padre, recalco, siempre y cuando este reconocida por él.



  • Autor
    Respuesta No: 296829

  • pepe_isma
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimada Concubina:

    En ocasiones me pregunto por que algunos abogados no estudian lo suficiente y mal informan a los usuarios como usted, en fin daré respuesta a sus interrogantes:

    La ley en el Estado de México establece que: Artículo 4.129.-

     Los concubinos están obligados a darse alimentos, si se satisfacen los siguientes requisitos:

    I. Que estén libres de matrimonio;

    II. Que vivan como esposos por un lapso no menor de tres años o tengan hijos de ambos.

    Tambien en caso de que se muera su pareja, usted tiene el derecho a heredar y por supuesto, independiente a la pensión que le corresponde si cumple los requisitos anteriores, usted administraria una pensión para su hija, siempre y cuando como fue lo unico acertado que dijó mi antecesor, este registrada con sus apellidos.

    Atentamente. Lic. Ismael García.

    Favor de dar puntos o comentar, gracias.



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