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CóMO ES UN JUICIO DE INCIDENCIA?

  • Consulta : 179819
  • Autor : Lucyintheskywith
  • Publicado : Lunes 10 de Diciembre de 2012 17:03 desde la IP: 187.201.113.227
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,078
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  • Autor
    Consulta

  • Lucyintheskywith
    USUARIO REGISTRADO

    Buenas tardes? Quisiera que me orientaran.

    Quisiera saber cómo se lleva a cabo un juicio de incidencia por el incumplimiento del régimen de visitas, si tiene costo y con quien se trata. Hablé con la abogada que está llevando el divorcio y me dijo que en la próxima cita que tengo con el papá de mi hijo para firmar no entiendo exactamente qué, porque ya firmamos la sentencia (no entiendo bien que es lo que sigue que vamos a firmar) Ahí lo platicábamos. No quiero confrontarme con el padre, pero no sé si ese sea el procedimiento. Muchas gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 295355

  • Lucyintheskywith
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    El jueves veré a la abogada. Alguie me puede decir qué debo hacer?





  • Autor
    Respuesta No: 295372

  • algain
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    buenas tardes, lo que te recomiendo en esta situación es que si tu abogada está llevando tu asunto, lo más ético y honesto es que  le permitas que termine con el caso y es ella la que te tiene que asesorar... 



  • Autor
    Respuesta No: 295390

  • sotnas125
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Interpretando su consulta. El juicio de incidencia a que hace referencia, en el lenguaje jurídico es conocido como INCEDENTE el cual es definido como un LITIGIO ACCESORIO en el procedimiento del JUICIO PRINCIPAL.  En su caso si ya fue dictada la SENTENCIA DE DIVORCIO, pero aun prevalecen cuestiones que deben ser resueltas por la autoridad jurisdiccional, esta debe ser promovida a través de esta formalidad establecida.

    Y de acuerdo a la definición, si es un juicio al que se le debe dar el trámite procesal establecido por la norma adjetiva, (presentar por escrito la demanda,  presentar pruebas, se notifica a la parte contraria, se contesta la demanda, realización de audiencia, el Juez al oir a las partes y previa calificación de las pruebas, emite un resolución (SENTENCIA INTERLOCUTORIA), la parte inconforme puede apelar. La diferencia del JUICIO PRINCIPAL,  es  que este litigio se resuelve en menos tiempo por el Juez.

    En relación si existe un costo, esto lo debe platicar con su abogado. Porque este trámite es independiente del juicio de divorcio. SALUDOS!

     

     

     



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