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QUIEN TIENE MAS FUERZA LOS TESTIGOS O QUIEN RECIBE UNA ACTA FINAL

  • Consulta : 177545
  • Autor : unidorado_NR
  • Publicado : Jueves 22 de Noviembre de 2012 15:22 desde la IP: 187.194.170.158
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,216
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  • Autor
    Consulta

  • unidorado_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guanajuato

    HOLA BUENAS TARDES...
     

    MI DUDA ES LA SIGUIENTE:
     SUPONGAMOS QUE YO ATIENDO UNA ORDEN DE VISITA EN LA CUAL SE ME NOTIFICARA LA ACTA FINAL, PERO EN EL TRANSCURSO TENGO QUE SALIR A ATENDER OTRA DILIGENCIA TABIEN DE LO DEL SAT, DESPUES REGRESO A DONDE ME NOTIFICARON EL ACTA FINAL Y FIRMO..

    EN ESE SUPUESTO ES POSIBLE HECHAR ABAJO LA NOTIFICACION DE DE LA ACTA FINAL?

    O QUE TANTO PESO TIENEN LOS TESTIGOS?
     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 292866

  • elizh80
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Por ese supuesto, si la firmaste NO.

    Los testigos los asigno, en este caso, el Notificador-Auditor y si es procedente.

    Recurda que de ambos sucesos, el notificador-auditor levanta un acta circunstanciada donde se pormenorizan la realizacion de la auditoria, sus procedimientos, formas y notificaciones, esto ultimo, simpre ante la presencia de 2 testigos plenamente acreditados con identificacion y firman dicha acta circunstanciada.

    Ahora, si pretendes hechar abajo la notificacion del Acta Final, y si procedira tu recurso, la resolucion es para efectos de que se vuelva a notificar, pero el fondo del asunto subsiste.

    Si lo que pretendes es "hechar abjo" la liquidacion, debes esperar la notificacion del credito fiscal, de ahi tienes 45 dias habiles para impugnar via recurso de revocacion o demanda de nulidad, manifestando los agravios que te ocasionan y estos pueden ser de forma y de fondo.



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