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EJECUTIVO MERCANTIL

  • Consulta : 177035
  • Autor : osculo777_NR
  • Publicado : Sábado 17 de Noviembre de 2012 14:39 desde la IP: 201.167.190.118
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,219
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  • Autor
    Consulta

  • osculo777_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    que puedo hacer embarque una casa pero no quedo inscrito el embargo puesto que tevnia aviso preventivo de venta, y no se pudo rematar porque se vendio que puedo hacer ya que todo fue una simulacion, y demande penalmente pero no propero porque no se da el da daño.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 292259

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Debe buscar más bienes del demandado en el Registro Público, si no hay, deberá  esperar a que en lo futuro adquiera alguno, Si el demandado es casado por sociedad conyugal también busque bienes a nombre de la esposa y podrá embargar el cincuenta por ciento. Por otra parte puede solicitar en su declaración anual la reducción del cincuenta por ciento del valor de la liquidación de la sentencia como pérdida fiscal. Se le agradece que aclare que su querella no prospero porque en este foro tiro por viaje los tinterillos recomiendan denunciar el fraude  en deudas de carácter civil.



  • Autor
    Respuesta No: 292268

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    nada... no pùedes hacer otra cosa que ver si tiene mas bienes... pero... si no los tiene...puedes acusar el fraude...ya que vendio la casa y no uso el dinero para pagarte... tu abogado sabe que hacer... no hay simulaciòn en las ventas...



  • Autor
    Respuesta No: 292277

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    El consultante manifiesta que ya se querelló por el fraude y no procedió. Es una deuda de carácter civil y la venta del inmueble fue legal, el que debe demostrar la simulación es quien la afirma, y no pudo.



  • Autor
    Respuesta No: 292338

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    de acuerdo... pero en las ventas... no hay simulaciòn... hay enriquecimiento... si recibio el dinero... tenia  con que pagar... ahi comienza la rogatoria  del delito... o no???



  • Autor
    Respuesta No: 292340

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Sí, pero debe acreditarlo quién lo afirma y ya lo intentó pero no pudo. Ese tipo de ventas son de primaria, por ello cuando se presta dinero se debe garanizar con hipoteca, por eso los abogados estamos principalmente para prevenir y no para corregir, al igual que los médicos.



  • Autor
    Respuesta No: 292342

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    pos si... tienes razòn... pero esta preguntando porque confundieron el apendice con un parto... y...pos hay que decirle...

    ahora que tambien... si no se ve la lana... puede pedir ...demandar la nulidad de la operacion  que deja en insolvencia al deudor... al efecto de hacer el remate dle bien... eso es mas facil... o no????



  • Autor
    Respuesta No: 292346

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    El vendedor nunca queda en insolvencia, en el contrato se da por recibido del dinero ¿donde está la insolvencia? sólo la hay en la donación y sí procede la acción pauliana, pero en compraventa nunca, por eso digo que es de primaria.



  • Autor
    Respuesta No: 292347

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    calma...calma...

    la nulidad de actos... que no van encaminados a hacer el pago.... se puede anular... sea cual fuere el origen del acro traslativo de dominio... eso es de kinder.... o no???







  • Autor
    Respuesta No: 292351

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Asi es, lo expresé brevemente en la respuesta 292346, pero me abstengo de dar detalles para evitar que los futuros médicos se dediquen a espantar cigüeñas, es decir que los estudiantes de derecho se inclinen al lado obscuro, pero más aún me abstengo para evitar que los coyotes aprendan a incautar a personas de buena intención.





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