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DOCUMENTALES FALSAS
- Consulta : 175922
- Autor : fercho15_NR
- Publicado : Miércoles 07 de Noviembre de 2012 17:55 desde la IP: 187.141.18.201
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,071
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 07 de Noviembre de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas tardes
Soy estudiante del cuarto cuatrimestre en la barra de abogados mi pregunta es la siguiente:
Tome un juicio laboral de un amigo en el cual ya fue emitido el laudo absolviendo a la demandada, sin embargo me dice mi compañero, que el contrato que presentó la demandada era falso y que jamas presentó el original y siempre fue una copia fotostática a la cual le pegaron su firma, aunado a que algunos depósitos por concepto de nómina jamas se realizaron.
Como les comente al inicio ya fue emitido el laudo y tiene dos días que se notificó.
Por lo que he aprendido, el término corre al dia siguiente de sutir efectos esto es: notificación 5 de noviembre, surte efectos 6 de noviembre, corre término para presentación de amparo directo 7 de noviembre, espero estar bien.
Bueno mi pregunta es, si se puede en el amparo directo indicar que el contrato privado exhibido como prueba documental privada por la demandada (patron) es falso toda vez que, jamas fue presentado el contrato original con firmas autógrafas, ademas de que los supuestos depósitos bancarios a la cuenta del trabajador jamas se realizaron, esto lo confirmo toda vez que ya se cuenta con los estados de cuenta bancarios donde se depositaba la nomina respectiva que lo comprueban, pero no se indico en la demanda de la existencia de una prueba superveniente.
.- ¿se puede interponer el recurso por el contrato apócrifo y los estados de cuenta como prueba superveniente?
.- ninguno de los dos
.- o el momento procesal ya precluyo. (por favor me pueden indicar si esta bien utilizado "precluyo")
Gracias por este espacio y sus respuestas.
Fernando Hernandez
Estudiante
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 291205
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Fecha de respuesta: Miércoles 07 de Noviembre de 2012 18:17 2012-11-07 18:17 desde IP: 201.141.58.134
Si en la audiiencia de ofrecimiento de pruebas no objetó de falso el contrato presentado por la patronal, ni tampoco el alcance y valor probatorio por tratarse de una copia simple, es claro que no puede reclamar ahora en un amparo tal situación pués además de la objeción debió ofrecer la pericial caligráfica y grafoscópica a cargo de un perito de la Junta que es gratuito para el trabajador. Un amparo no es un medio para subsanar deficiencias de la defensa sino violaciones a las garantías de los gobernados.
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