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PUEDO IR A LA CARCEL SI ME CUELGO DE LA LUZ

  • Consulta : 174198
  • Autor : leslie_merino32_NR
  • Publicado : Miércoles 24 de Octubre de 2012 12:08 desde la IP: 187.186.238.19
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,078
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  • Autor
    Consulta

  • leslie_merino32_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Querétaro

    hola

    tengo una duda, si me cuelgo de la luz puedo ir a la carcel? como puedo defenderme, si es así?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 289727

  • JURISLEXMEN
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    En la practica se trata del delito de robo, y como quieres defenderte de hacer algo indebido?

    Pienso una buena defensa si es que en los operativos la cfe descubre tu "diablito", es asegurarles haras el contrato respectivo.

    Ya mismo estaras robando...fluidos electricos...

    El oído atento a una advertencia saludable se hospedará en medio de los sabios.
     



  • Autor
    Respuesta No: 289748

  • alambique
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Llevo 20 años colgado de la luz y no ha pasado nada solo e la cortan y te piden que regularices tu situacion.



  • Autor
    Respuesta No: 290701

  • JURISLEXMEN
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Se dice llevo 20 años robandoooooo luz electrica...si en algunos casos solo te la cortan, en otros estados han iniciado aciones legales, que suerte has tenido...



  • Autor
    Respuesta No: 290710

  • AbogadoBernal
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    ARTICULO 368. SE EQUIPARAN AL ROBO Y SE CASTIGARAN COMO TAL:

    I. EL APODERAMIENTO O DESTRUCCION DOLOSA DE UNA COSA PROPIA MUEBLE, SI ESTA SE HALLA POR CUALQUIER TITULO LEGITIMO EN PODER DE OTRA PERSONA Y NO MEDIE CONSENTIMIENTO; Y

    II. EL USO O APROVECHAMIENTO DE ENERGIA ELECTRICA, MAGNETICA, ELECTROMAGNETICA, DE CUALQUIER FLUIDO, O DE CUALQUIER MEDIO DE TRANSMISION, SIN DERECHO Y SIN CONSENTIMIENTO DE LA PERSONA QUE LEGALMENTE PUEDA DISPONER DE LOS MISMOS.

    III. (DEROGADO).

    DEROGA LA FRACCION III

    En caso de que se percate el personal de CFE, proceden a denunciar y a determinar a traves de sus peritos valuadores el monto de lo robado, asi mismo sera el ministerio publico federal, quien al realizara la Fe ministerial de tu diablito, y resolvera respecto a la procedencia o no del delito de robo equiparado, que, claro, tiene pena privativa de la libertad.

    Sin embargo el personal de CFE esta facultado para replantear la deuda, negociarla, y en dado caso desistirse de la denuncia.

    Obviamente esto nada mas pasa si te cachan....





  • Autor
    Respuesta No: 290817

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    La LSPEE dice que en caso de encontrarte la conexión ilícita la sanción es administrativa y puede consistir hasta en tres veces la energía consumida desde la fecha en que se cometió la infracción, además del pago de la energía por concepto de cosumo normal y una indemnización o recargos.

    En caso de reincidencia la sanción puede ser del doble y en caso de contumacia del triple.

    Ahora que si no quieres pagar las acciones que tome la CFE pueden ser de las de cualquier acreedor.

    En la práctica, lo que hace la CFE es pedirte que regularices tu servicio mediante un contrato. En otras que además del contrato pagues un retroactivo de uno o dos años.



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