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ADULTERIO DE MI ESPOSA
- Consulta : 173365
- Autor : viernes-trece_NR
- Publicado : Miércoles 17 de Octubre de 2012 16:04 desde la IP: 200.52.78.2
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,074
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 17 de Octubre de 2012
Estado de Referencia: Veracruz
Mi esposa cometió adulterio, estamos casas por bienes mancomunados y habíamos acordado que ella se quedara en la casa con el niño (tenemos un hijo de 7 años) y yo me llevaría algunas cosas (realmente no me llevaría nada ya que no tendría donde tenerlas), pero ahora se hecho para atrás y me comento que no dejara que me lleve nada, por lo que decide no salirme ya que puede alegar abandono de hogar. Realmente me quiero separar como recomiendan que actué ¿inicio una demanda por adulterio? ¿a quien se le quedaría la custodia del niño? ¿de los bienes entiendo que se reparten equitativamente?, la casa no la he terminado de pagar ¿que pasa con ella? ¿tiene derecho a pensión alimenticia y maximo que porcentaje?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 288925
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Fecha de respuesta: Miércoles 17 de Octubre de 2012 16:25 2012-10-17 16:25 desde IP: 201.141.136.24
Hola Buenas Tardes.
Si ella no quiere llevar a cabo un divorcio de manera voluntaria, lo puedes iniciar por un divorcio necesario, el adulterio solo te servira como una causal para poder llevar a cabo el juicio, sin embargo esto no es motivo suficiente como para que el juez de lo familiar tome la decición de quitarle a la madre la guarda y custodia del menor, al quedarse ella con la guarda y custodia, tu estaras obligado a dar una pension alimenticia para ella (si no cuenta con ingresos propios) y para el menor, en cuanto a los bienes y toda vez que se encuentran casados por el regimen de sociedad conyugal, si se tendra que llevar a cabo la repartición de bienes.
ORTIZ RUBIO LEGAL ABOGADOS
ESPECIALISTAS EN DERECHO FAMILIAR
LIC. VALERIA ORTIZ RUBIO ANZORENA, LIC. LIZETH RUIZ GARAY
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AutorRespuesta No: 288965
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Fecha de respuesta: Miércoles 17 de Octubre de 2012 18:36 2012-10-17 18:36 desde IP: 189.191.160.161
la maxima consecuencia de que usted salga del domicilio, es una causal de divorcio que sería la de abandono del domicilio conyugal por mas de 6 meses sin causa justificada o bien la de separación por mas de un año, ambas son causales de divorcio y la consecuencia es unica y exclusivamente la de la disolución del vinculo matrimonial, en cuanto a la guarda y custodia la ley nos dice que los niños menores de 10 años tendran que estar bajo el cuidado de la madre y usted estara obligado a proporcionar los alimentos a su menor hijo y a su esposa si es el caso, salvo que ella cuente con un empleo bien remunerado, cabe mencionar que usted tiene derecho a un régimen de convivencia con su menor hijo mismo que deberá contemplar fines de semana, dias festivos, cumpleaños del menor, etc etc
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