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NO SE PRESENTA EL ABOGADO

  • Consulta : 172458
  • Autor : nr_NR
  • Publicado : Miércoles 10 de Octubre de 2012 09:30 desde la IP: 200.52.43.112
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,077
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  • Autor
    Consulta

  • nr_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    ¡Hola y Buen día!

    Se lleva un juicio penal y la parte defensora del hoy procesado no asistió a la audiencia. Mi pregunta es ¿En responsabilidad cae el Defensor? ¿Cuál es el fundamento legal? Esto es en el Estado de México.

    Lo anterior obedece a que no se pudo celebrar la audiencia y los testigos tendrán que acudir en otra fecha.

    Gracias y saludos.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 289729

  • Huerta&Asociados
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Estimado consultante:

     

    Es necesario saber que audiencia en concreto es la que se trata, para saber que sancion impone el codigo de procedimientos penales, de ante mano le adelanto que el codigo penal del Estado de México prevee en su articulo 181 fraccion I lo siguiente: Los abogados que abandonen el madato, patrocinio o defensa de un negocio judicial, administrativo o de trabajo, sin causa justificada.

    A los responsables de este  delito se les impondrán de uno a tres años de prision y de cincuenta a setecientos dias de multa, ademas de seis meses a dos años de suspension del derecho de ejercer la actividad profesional y privacion definitiva en caso de reincidencia.

     

    Es indispensable para que este delito se materealice que en verdad haya un abandono injustificado por parte del abogado, si solo fue una inasistencia a la audiencia por lo general los jueces pueden ordenar sanciones economicas.

    La recomendacion que le puedo dar es que verifique con su abogado el motivo por el cual no acudio, y en caso que usted ya no confie en la forma que le lleva la defensa cambie de abogado lo antes posible.

    Espero le ayude la informacion que le proporciono. Saludos. 



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