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QUE DEBO HACER EN UN JUCIO SI SOLICITE DIVORCIO POR SEPARACION DE 2 AñOS Y ME RECONVIENEN POR DIVORCIO POR ADULTERIO
- Consulta : 169876
- Autor : doriangrec16_NR
- Publicado : Martes 18 de Septiembre de 2012 01:28 desde la IP: 189.213.14.233
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,116
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 18 de Septiembre de 2012
Estado de Referencia: Veracruz
a todos los ciudadanos que leen estas paginas , a aquellos litigantes masiduos a estas paginas y a todo aquel interesado en el derecho , les solicito de la manera mas atenta me puedan asesorar por estas paginas, hace 2 meses , demande a mi expareja el divorcio por la separacion de mas de 2 años , nos separamos en el 2008 , incluso levantamos un acta en el ministerio publico, que consta el teimpo de separacion , posteriormente ella al año me metio pension , se hizo el jucio , y al final le otorgaron el 40& del 55% , que ella tenia , aun cuando comprobe con papeles privados y publicos que si le pasaba una pension a mi hija y a ella, , se dicto sentencia y quedo solo el 40 % de pension alimenticia, ahora demande el divorcio por separacion de mas de 2 años, y ella contesta con una reconvencion , alegando adulterio de mi parte , cuando yo vivo solo , pero si hace tres años , tuve un hijo con otra mujer ya separado de mi esposa, , la cual desde hace un año vive con otra pareja, la pregunta es como le hago en este juicio , toda vez que considero injusto todo esto , por ello les ruego me puedadn apoyar con sus sabios consejos , que debo hacer , soy de veracruz , ambos tenemos un hija en comun.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 285341
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Fecha de respuesta: Martes 18 de Septiembre de 2012 10:03 2012-09-18 10:03 desde IP: 187.177.31.71
y tu abogado aun no te propone estrategia??? en la reconvencion ella q pruebas presenta del adulterio? presenta acta de nacimiento del bb q tuviste con otra mujer? ¿?
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Autor
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AutorRespuesta No: 285345
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Fecha de respuesta: Martes 18 de Septiembre de 2012 10:26 2012-09-18 10:26 desde IP: 187.141.50.114
El adulterio no está tipificado como delito sino como causal de divorcio, contrario al Distrito Federal, donde recientemente quedó despenalizado.
Para que el adulterio sea considerado como un delito, se necesita encontrar a los culpables en el acto sexual, y para ello se tendría que hacer una serie de investigaciones para presentar diversas pruebas, pero en México no se cuenta ni con los instrumentos técnicos no con el personal capacitado.
El adulterio se trata en el ámbito civil como una causa de divorcio, y no en el penal, porque al ser parte de la primera, automáticamente se disuelven los vínculos legales. < language=JavaScript>writePostTexto()>De acuerdo al articulo 141 del Código Civil de Veracruz el ADULTERIO es una causal de divorcio, pero como te comento, este debera de estar realmente comprobado y de no tener pruebas no procede...ahora, si tuviste un hijo antes de casarte este no entra como causal de divorcio por cuestiones de tiempo....asi que no te preocupes, no pasa nada.....
ARTICULO 141.
SON CAUSAS DE DIVORCIO:
I. EL ADULTERIO DEBIDAMENTE PROBADO DE UNO DE LOS CONYUGES;
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Autor
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AutorRespuesta No: 285349
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Fecha de respuesta: Martes 18 de Septiembre de 2012 10:36 2012-09-18 10:36 desde IP: 187.177.31.71
No haga caso a la aportacion otorgada si bien es cierto creo q el usuario anksaurios no leyo q ud es del Estado de Veraruz donde ahi el divorcio se lleva por causales y nada q ver con la legislacion del df y el adulterio debidamente probado por uno de los conyuges se refiere si a q por la via penal en sentencia se declare culpable o bien debidamente probado con el acta de nacimiento del bb........
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Autor
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AutorRespuesta No: 285354
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Fecha de respuesta: Martes 18 de Septiembre de 2012 10:53 2012-09-18 10:53 desde IP: 187.141.50.114
HAY COMPAÑERA DEBERAS...LEA BIEN PARA QUE NO CONFUNDAS A LOS FORISTAS POR FAVOR......A LA LETRA DICE : contrario al Distrito Federal, donde recientemente quedó despenalizado.....POR LO QUE EN EL ULTIMO PARRAFO AGREGO EL ARTICULO 141 DEL CODIGO CIVIL DE VERACRUZ.....LEA BIEN ANTES DE CRITICAR O HACER JUICIO DEL TEMA.....
EL ADULTERIO YA NO ESTA CATALOGADO EN LA VIA PENAL...PONGASE A ESTUDIAR PRIMERO PARA QUE NO CONFUNDA A LA GENTE Y PUEDA DAR UNA MEJOR RESPUESTA...
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AutorRespuesta No: 285356
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Fecha de respuesta: Martes 18 de Septiembre de 2012 11:10 2012-09-18 11:10 desde IP: 187.177.31.71
compañera ???? yo si tengo cedula usuario por un lado si lei bien quien no leyo bien y confunde a la usuaria es ud...yo jamas menciono el codigo penal ni de veracruz ni de ningun lado y hago dos supuestos donde si se configura el adulterio como causal de divorcio al buen entendedor pocas palabras ahora bien la usuario omite una cosa muy importante q le solicito me aclare para poder darle una asesoria certera cosa q no me atrevi hacer hasta q la usuaria no complete la informacion .....pero si ud. tiene el tiempo para desglosarle abarcando todos los supuestos adelante pero hagalo responsablemente
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