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CONTRATO CONVENCIONAL DE SEGUROS (PROCESAL MERCANTIL)

  • Consulta : 169399
  • Autor : victoretc241187_NR
  • Publicado : Jueves 13 de Septiembre de 2012 21:39 desde la IP: 187.211.94.116
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,104
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  • Autor
    Consulta

  • victoretc241187_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Querétaro

    tengo dudas sobre este tema ya que lo he leido varias veces y me surgen muchas dudas, espero y me puedan ayudar con esto ya que es para un trabajo de la universidad,  y espero me puedan ayudar dandome algun tipo de explicacion de antemano gracias...

     

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  • Autor
    Respuesta No: 284849

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Que tal, el contrato de seguro está regulado por la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y la Ley sobre el Contrato de Seguro. Es un contrato meramente mercantil que es bilateral (dos partes Empresa (forzosamente) y Tomador (asegurado)), oneroso y conmutativo en la fijación de la prima y monto de suma asegurada, pero aleatorio en cuanto a la ocurrencia del siniestro. También es un contrato de adhesión por que fija las condiciones la aseguradora y no es consensual, ya que no requiere de formalidad alguna.

    La forma no es obligatoria en términos del artículo 21 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, ya que se perfecciona desde la aceptación y no requiere que se pague la prima ni se haga entrega de la póliza.

    Lee Contratos Mercantiles de Díaz Bravo, Vázquez del Mercado, El contrato de Seguro de Ruiz Rueda, etc., para conocer más sobre el tema.

    PEGZSAV ABOGADOS – Especialistas en Seguros





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