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PAGO DE DAÑOS, DAÑO MORAL Y PERJUICIOS
- Consulta : 168939
- Autor : maralex_08_NR
- Publicado : Martes 11 de Septiembre de 2012 12:02 desde la IP: 189.203.217.32
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,243
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 11 de Septiembre de 2012
Estado de Referencia: Hidalgo
hola estimados foristas espero su opinion al respecto:
en una resolucion penal que condena al indiciado el pago por reparacion del daño que comprende? si lo absolvieron del pago de perjuicios y nada se dijo del daño moral a la victima, se pueden demandar por otra via? agradecere sus comentarios y respuestas por su atencion gracias se trata de mi abuela la atropellaron le amaron su pierna desde 2010 y no han querido pagar, gracias a la complicidada de juez y mp
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 284339
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Septiembre de 2012 12:21 2012-09-11 12:21 desde IP: 189.177.86.186
pago de daños... es el pago de aquello que te causo...
en materia penal... no hay perjuicios...
en materia penal no hay daño moral...
estos dos ultimos ... son acciones civiles... y no es probable que se demuestren si son emanadas de una acción penal...
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