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COBRO DE PENSIONES ADEUDADES POR MP ó POR JUZGADO FAMILIAR?

  • Consulta : 167791
  • Autor : tokelautuval_NR
  • Publicado : Lunes 03 de Septiembre de 2012 10:04 desde la IP: 65.49.14.57
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,079
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  • Autor
    Consulta

  • tokelautuval_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    Buenos días, demandé al padre de mis hijos por no pagar lo que nos debía de pensión es decir, él tenía un adeudo por pensiones alimenticias,el juez fallo a favor de mis hijos y él debe pagar lo adeudado pero antes q saliera la sentencia, él se deshizo de sus bienes,tanto la casa que tiene como su auto los pusó a nombre de otra persona para que no hubiera posibilidad de embargo, ya consulté con un abogado y me dice q podría demandarlo ante un MP para que lo requieran y lo obliguen a pagar ó se va a la cárcel,porque dice que lo que hizó es un delito para declararse insolvente; pero el abogado que me está llevando el caso dice que nos esperemos ya que en estos días el juez familiar apenas está emitiendo la notificación para informarle que tiene que pagar en 5 días, pero el abogado al cual consulté me dice que en cuanto reciba la notificación él tiene el derecho de ampararse y no pagar, quisiera me dieran su punto de vista ya que no sé que hacer? cual es la forma más rápida y me dé la seguridad de que recuperaremos ese dinero?? ya que todo el tiempo que él no me dió pensión yo tuve que pedir prestado a familiares, amigos y a bancos para sustentar los gastos de mis hijos y ahorita ya siento el agua hasta el cuello,pues inicialmente el abogado que me está llevando el caso me comentó que esto no tardaría más de 3 meses en que empezará a cobrar ese adeudo y ya pasaron 7 meses y no he recibido nada de lo adeudado pues yo a mis 43 años no he podido encontrar trabajo y no estoy generando mis propios ingresos, por favor ayudenme dandome la opción que sea más rápida. Gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 283292

  • cerillo wmw
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Hola

    yo te recomiendo esperar los cinco dias que tiene el deudor alimentario.

    y en caso de no pagar inicias la que querella , por el delito de incumplimiento de obligaciones alimenticias

    saludos



  • Autor
    Respuesta No: 283351

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    la situación es civil... no penal... en ñla via penal... no vas a lograr nada... el mp... debe hacerse a un lado... ya que falta la ejecución civil del asunto... unos 3 a seis meses... pero rapido... nada...



  • Autor
    Respuesta No: 283465

  • tokelautuval
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Gracias  ambos por sus respuestas, sólo quisiera me ayudaran a aclarar cual sería entonces el proceso una vez que el demandado reciba la notificación de requerimiento de pago?? Es decir él tiene posibilidades de ampararse?? Cual es el plazó que tiene para presentar amparo?  Es posible que le acepten el amparo? Como podría recuperar este dinero  si esto sucede?? 



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