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INDEMINZACIóN POR SENTENCIA ABSOLUTORIA FEDERAL

  • Consulta : 167228
  • Autor : globalmzo28_NR
  • Publicado : Miércoles 29 de Agosto de 2012 10:39 desde la IP: 187.204.140.207
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,086
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  • Autor
    Consulta

  • globalmzo28_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Colima

    Requiero servicio de abogado para promover juicio federal para indemnización 

    Estuve mas de dos años en prisión, por una acusación sin fundamentos reales, me gustaria conversarlo via telefónica o por via e-mail par ahondar en detalles 

    gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 282788

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    globalmzo28:

    Es incuestionable que la presente consulta 167228 es consecuencia directamente derivada de la respuesta que le proporcionéen ladiversa consulta 167127, pero en la presente usted informa que su residencia es en Colima, mientras que en la otra su I.P. lo ubica en el Distrito Federal.

    Como quiera que sea, es inconcuso que soy el único que sabe cómo tramitar el juicio que le interesa, aunque su actitud demuestra que busca a otro abogado y hago patente que de mi parte carezco de interés en patrocinarle.





  • Autor
    Respuesta No: 282793

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    align="center" border="0" cellpadding="0" cellspacing="0" width="98%"> IP Address:                                                                               187.204.140.207  Location  MEXICO, DISTRITO FEDERAL, MEXICO CITY Latitude, Longitude 19.42847, -99.12766 (19°25'42"S   -99°7'40"E) Connection through UNINET S.A. DE C.V. Local Time 29 Aug, 2012 09:38 PM (UTC -05:00)



  • Autor
    Respuesta No: 282802

  • sergio1987
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    En materia Federla, no está previsto ese derecho a favor de los que obtienen sentencia absolutoria. Y en materia de responsabilidad patrimonial del Estado, ésta no opera en materia judicial, ya que no se considera actividad irregular del estado, el fallar los juicios. Con las nuevas reformas, en algunso estados, contemplan este derecho con la nueva legislación penal, sin embargo en materia federal no se ha promulgado la nueva ley del proceso penal federa. Luego entonces no es posible.



  • Autor
    Respuesta No: 282833

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    sergio1987:

    ¿¡¿Desde cuándo una demanda contra el Ministerio Público de la Federación por falsa acusación es una demanda contra el Poder Judicial Federal?!?

    A ver si es capaz de explicarlo...



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