- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
SE PUEDE PEDIR PENSION DESPUES DE 30 AÑOS DE CONCUBINA
- Consulta : 167166
- Autor : jalychu_NR
- Publicado : Martes 28 de Agosto de 2012 21:33 desde la IP: 189.181.105.205
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,081
-
AutorConsulta
-
Publicado el Martes 28 de Agosto de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
BUEN DIA;
MIS PADRES EMPEZARON A VIVIR JUNTOS HACE 30 AÑOS, NACIMOS 2 HIJAS PERO YA SOMOS MAYORES DE EDAD Y NO VIVIMOS CON ELLOS. HICIERON UN NEGOCIO JUNTOS Y COMPRARON UNA CASA JUNTOS PERO TODO ESTA A NOMBRE DE MI PAPA, AHORA SE QUIEREN SEPARAR PERO MI PADRE NO QUIERE DARLE NADA, MI MAMA PUEDE PELEARLE ALGUN TIPO DE PENSION O INCLUSO LA CASA SI SOLO VIVIERON EN CONCUBINATO?
MIL GRACIAS POR SU ASESORIA.
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 282748
-
Fecha de respuesta: Martes 28 de Agosto de 2012 21:36 2012-08-28 21:36 desde IP: 187.195.34.19
El concubinato genera derechos y obligaciones.
Uno de ellos, es el derecho a los alimentos y a heredar.
Recientemente, se ha establecido que se puede promover la disolución de los bienes que se hayan adquirido durante el concubinato, basándose en las reglas que establece la sociedad civil.
En tal sentido, es menester que se asistan de Lic. en Derecho especialista en materia familiar, ya sea particular o de oficio, para que les ayude en la tramitación de la demanda, tanto de alimentos, como de disolución de los bienes que se adquirieron durante el concubinato.
Suerte!
-
Autor





