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PAGO INJUSTO QUE EXIGE LA CFE
- Consulta : 166787
- Autor : galegu1975_NR
- Publicado : Lunes 27 de Agosto de 2012 10:39 desde la IP: 189.139.50.68
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,231
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 27 de Agosto de 2012
Estado de Referencia: Estado de México
Hola buenas tardes, la CFE me pretende cobrar 8 mil por un bimestre!! es de una casa particular como es posible esto??? se tienen los aparatos comunes de cualquier casa habitación, ya se les demando con la PROFECO pero aun asi pretenden cobrar esta cantidad tan absurda y amenzazaron con hoy mismo cortarnos la energía eléctrica, que podemos hacer???
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 282540
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Fecha de respuesta: Lunes 27 de Agosto de 2012 12:13 2012-08-27 12:13 desde IP: 189.215.58.154
Acuda a la Profeco de inmediato ( el amparo ya no procede contra la CFE).
Así podrá garantizar gozar del suministro de energía eléctrica conforme al siguiente artículo de la Ley Federal de Protección al Consumidor:
ARTÍCULO 113.- Previo reconocimiento de la personalidad y de la relación contractual entre laspartes el conciliador expondrá a las partes un resumen de la reclamación y del informe presentado,señalando los elementos comunes y los puntos de controversia, y las exhortará para llegar a un arreglo.Sin prejuzgar sobre el conflicto planteado, les presentará una o varias opciones de solución,salvaguardando los derechos del consumidor.Tratándose de bienes o servicios de prestación o suministro periódicos tales como energía eléctrica,gas o telecomunicaciones, el solo inicio del procedimiento conciliatorio suspenderá cualquier facultad delproveedor de interrumpir o suspender unilateralmente el cumplimiento de sus obligaciones en tantoconcluya dicho procedimiento......ARTÍCULO 113.- Previo reconocimiento de la personalidad y de la relación contractual entre las partes el conciliador expondrá a las partes un resumen de la reclamación y del informe presentado, señalando los elementos comunes y los puntos de controversia, y las exhortará para llegar a un arreglo. Sin prejuzgar sobre el conflicto planteado, les presentará una o varias opciones de solución, salvaguardando los derechos del consumidor.
Tratándose de bienes o servicios de prestación o suministro periódicos tales como energía eléctrica, gas o telecomunicaciones, el solo inicio del procedimiento conciliatorio suspenderá cualquier facultad del proveedor de interrumpir o suspender unilateralmente el cumplimiento de sus obligaciones en tanto concluya dicho procedimiento.....
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