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ESTOY EMBARAZA Y MI CONTRATO SE VENCE
- Consulta : 166715
- Autor : li.liar112_NR
- Publicado : Domingo 26 de Agosto de 2012 21:02 desde la IP: 189.145.31.5
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,081
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 26 de Agosto de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
buenas noches... estoy embarazada tengo 3 meses estoy en una empresa en la cual estoy por contrato ,el primero fue de 4 meses que fue de febrero del 2011 a mayo de 2012,el segundo fue de 6 meses y y tercero lo firme en agosto del 2012 y se vence en el 25 de enero del 2013....pero me alivio a finales de febrero del 2013.... alcanzo el beneficio de la incapacidad de maternidad?? me pueden correr en esa condicion???
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 282500
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Fecha de respuesta: Domingo 26 de Agosto de 2012 23:17 2012-08-26 23:17 desde IP: 187.145.97.64
BUENAS NOCHES SI E SPOSIBLE QUE OBTENGAS ESE DERECHO YA QUE LO QUE VEO SE REALIZA CONTIGO SON CONTRATOS ILEGALES A FIN DE QUE NO ADQUIERAS ANTIGUEDAD ENTONCES NO ES POSIBLE CESARTE POR LA TERMINACION DEL CONTRATO SOLO QUEDA UNA DUDA QUE LABORES REALIZAS, HORARIOS ETC A FIN DE PODER DETERMINAR CUAL ES EL SIGUIENTE PASO DE TUS PATRONES ACUDE A MI OFICINA
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AutorRespuesta No: 282512
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Fecha de respuesta: Lunes 27 de Agosto de 2012 06:48 2012-08-27 06:48 desde IP: 189.149.63.136SECCION QUINTADE LA CONSERVACION DE DERECHOSArtículo 109. El asegurado que quede privado de trabajo remunerado, pero que haya cubiertoinmediatamente antes de tal privación un mínimo de ocho cotizaciones semanales ininterrumpidas,conservará durante las ocho semanas posteriores a la desocupación, el derecho a recibir,exclusivamente la asistencia médica y de maternidad, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que seanecesaria. Del mismo derecho disfrutarán sus beneficiarios.El Ejecutivo Federal podrá solicitar al Consejo Técnico que se amplíe el período de conservación dederechos a que se refiere el párrafo anterior, cuando a su juicio las condiciones económicas y laboralesdel país así lo requieran, y determinará las condiciones específicas en que operará la conservación de losderechos que al efecto correspondan, los requisitos necesarios para otorgarla y la vigencia que en cadacaso se determine. En este supuesto el Gobierno Federal proveerá de manera oportuna y suficiente alInstituto de los recursos necesarios para financiar los costos adicionales que dicha medida represente. ElInstituto al efecto deberá llevar registros contables por separado de su operación ordinaria.SECCION QUINTADE LA CONSERVACION DE DERECHOSArtículo 109. El asegurado que quede privado de trabajo remunerado, pero que haya cubiertoinmediatamente antes de tal privación un mínimo de ocho cotizaciones semanales ininterrumpidas,conservará durante las ocho semanas posteriores a la desocupación, el derecho a recibir,exclusivamente la asistencia médica y de maternidad, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que seanecesaria. Del mismo derecho disfrutarán sus beneficiarios.El Ejecutivo Federal podrá solicitar al Consejo Técnico que se amplíe el período de conservación dederechos a que se refiere el párrafo anterior, cuando a su juicio las condiciones económicas y laboralesdel país así lo requieran, y determinará las condiciones específicas en que operará la conservación de losderechos que al efecto correspondan, los requisitos necesarios para otorgarla y la vigencia que en cadacaso se determine. En este supuesto el Gobierno Federal proveerá de manera oportuna y suficiente alInstituto de los recursos necesarios para financiar los costos adicionales que dicha medida represente. ElInstituto al efecto deberá llevar registros contables por separado de su operación ordinaria.
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AutorRespuesta No: 282513
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Fecha de respuesta: Lunes 27 de Agosto de 2012 06:49 2012-08-27 06:49 desde IP: 189.149.63.136
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