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NECESITO AYUDA
- Consulta : 162444
- Autor : MARY OVANDO
- Publicado : Sábado 28 de Julio de 2012 11:48 desde la IP: 187.175.13.179
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,222
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 28 de Julio de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 277618
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Fecha de respuesta: Sábado 28 de Julio de 2012 12:14 2012-07-28 12:14 desde IP: 187.195.26.194
Mi estimada consultante Mary Ovando:
Mire, en el entendido de que no menciona que tipo de demanda es la que quiere contestar, resulta muy importante que sea un profesional del derecho quien conteste su demanda, ya que le puedo asegurar, que en muchos de los casos, gana no el que tenia la razón, sino quien mejor plantee el procedimiento.
La demanda debe ser contestada en todos y cada uno de sus puntos, desacreditando las presentaciones, y también destruyendo cada una de las pruebas que detallen y el porque, además de hacer valer las EXCEPCIONES Y DEFENSAS que le favorezcan, y tiene que reconvenir, aunado que se tiene de destruir el derecho en la que se sustente la actora entre otras cosas, ya que se puede buscar dentro de la demanda, probables fallas de cómo fue planteada (SUCEDE MUY A MENUDO).
Por lo anterior, debe acercarse a un abogado especialista, y si no cuenta con recursos, acudir a la defensoría de oficio, lo anterior en virtud de que, las malas noticias luego vienen por estos descuidos.
SALUDOS Y MUCHA SUERTE
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Autor
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AutorRespuesta No: 277629
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Fecha de respuesta: Sábado 28 de Julio de 2012 15:27 2012-07-28 15:27 desde IP: 201.141.7.23
Que tal, la contestación NO de debe hacerla Usted misma, primeramente porque de acuerdo a la acción de lo que se le demande (Juicio civil mercantil, familiar, etc., en vía ordinaria o especial), debe negar el derecho y excepcionarse. Es decir, si le exigen el pago de X cantidad, debe excepcionar con el pago X (sí lo hizo) y demostrarlo, si le acusan de que se obligó a cuidar un objeto, debe excepcionarse señalando que lo cuido y probarlo.
En ese sentido, puede pasársela diciendo “Excepción de Falta de acción y derecho consistente en…” y probarlo… Ahora sí es un juicio sumario, debe ofrecer pruebas en ese mismo momento y objetar las documentales planteadas. Contestar a los hechos diciendo, es cierto, es falso o que no le constan por no ser hechos propios.
Concluyendo, se necesitan conocimientos jurídicos y plantear una estrategia como bien lo han señalado, inclusive para saber si se puede contrademandar. Si no tiene dinero para pagar un abogado, acuda a la Defensoría de Oficio del Tribunal Superior de Justicia de su Estado o de las universidades públicas o privadas.
“PEGZSAV ABOGADOS Especialistas en Seguros”.
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