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AMPARO LEGAL
- Consulta : 162026
- Autor : rock_metztli_227_NR
- Publicado : Miércoles 25 de Julio de 2012 19:28 desde la IP: 189.180.240.103
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,241
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 25 de Julio de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
un familiar esta en prision, hace dos semanas tuvo audiecia y no le otorgaron libertad. se quedo en prision hasta que se demuestre su inocencia pero la proxima audiencia seria en meses y por supuesto es un inocente mas de los que la policia agarran por dinero ¿que posibilidades tengo de obtener un amparo legal para que el proceso se lleve por fuera? y ¿cuanto saldría obtener el amparo?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 277154
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Julio de 2012 19:38 2012-07-25 19:38 desde IP: 187.194.34.43
hay amparo ilegales?
tu abogado .... te dice que hacer...
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Autor
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AutorRespuesta No: 277158
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Julio de 2012 19:44 2012-07-25 19:44 desde IP: 189.181.28.112
Contra el auto que decreto el auto de formal prision, en el caso que usted señala debio de combatirlo su defensor, apelando al mismo, ya que la ley señala los terminos para combatir las irregularidades que se hayan presentado en el proceso. El juicio de amparo debe de interponerse de confomidad con la ley de la materia y sera necesario saber cual etapa es en la que esta el juicio. Atte. Lic. J. L. Camacho.
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Autor
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AutorRespuesta No: 277160
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Julio de 2012 19:47 2012-07-25 19:47 desde IP: 148.246.134.64
Vera si su familiar ya esta detenido (prisión preventiva), el Jucio de Amparo ya no es procedente (ver artículo 73 fracción IX -ordenjuridico.gob-).Ahora bien, el proceso penal en base al delito por el cual se pretende sea sansiconado, debe durar cuatro meses si se trata de delito cuya pena máxima no exceda de dos años de prisión y antes de un año si su pena exderiere de este tiempo, salvo que solicite mayor plazo para su defensa (Art. 20 fracc. VII Constitucional). En esta circunstancia es posible tramitar el amparo. Para poder establecer una cuota o precio es necesario conocer sus circunstancias, le invito a escribirnos o visitar nuestro cubículo. MUCHA SUERTE
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Autor
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AutorRespuesta No: 277163
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Julio de 2012 19:50 2012-07-25 19:50 desde IP: 187.194.34.43
por eso te digo.... tu abogado... el que tienen... sabe que hacer y que pedir... sin contradecir el proceso ni echarlo a perder...
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Autor
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AutorRespuesta No: 277190
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Julio de 2012 20:32 2012-07-25 20:32 desde IP: 189.180.240.103
entonces la ley establece que en apox. 4 meses sea la proxima audiencia??? apesar que mi abogado q estuvo presente en el juicio cuando determinaron prision preventiva no haya apelado inmediatamente y mi abogado actual de oficio tomará el caso despues de 2 semanas de la sentencia?
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Autor
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AutorRespuesta No: 277192
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Julio de 2012 20:36 2012-07-25 20:36 desde IP: 187.194.34.43
cual sentencia?
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Autor
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AutorRespuesta No: 277196
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Julio de 2012 20:44 2012-07-25 20:44 desde IP: 189.180.240.103
vera el abogado inicial particular nunca nos informo bien las cosas y al termiar el juicio solo nos dijo que no lo dejaron en liertad y que ahora se tenia que preparar defensoria pero eso llevaria meses y por supuesto miles de pesos en honorarios por lo que lo despedimos y no nos informo nada mas
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Autor
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AutorRespuesta No: 277197
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Julio de 2012 20:52 2012-07-25 20:52 desde IP: 189.180.240.103
vera el abogado inicial particular nunca nos informo bien las cosas y al termiar el juicio solo nos dijo que no lo dejaron en liertad y que ahora se tenia que preparar defensoria pero eso llevaria meses y por supuesto miles de pesos en honorarios por lo que lo despedimos y no nos informo nada mas
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AutorRespuesta No: 277203
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Julio de 2012 21:15 2012-07-25 21:15 desde IP: 189.232.134.228
Entiendo perfetamente su problema de colsultar con otro abogado, no todos somos iguales.
Pero peimero que nada debes decir de que delito estamos hablando. y como menciona ud. que su abogado no le infomo bien las cosas.
Piemreo:Ud. no sabe si su abogado solicito la ampliacion del termino constitucional, para aportacion de preubas.
Segundo: si solicito la libertad bajo caucion, si se la niegan puede volver a solicitarla nuevamente.
Tercero: su si abogado o su familiar, como es debidacuenta que ya se le dcto auto de formal prision, apelo tal auto.
Por lo que si va hacer necesario que un abogado revise su expediente personalmente, porque usted no tiene conocimiento de esaso datos, y, tendria que revisarse la puesta a disposision de su familiar para saber bien el proceso de su asunto.
saludos.
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AutorRespuesta No: 277205
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Julio de 2012 21:18 2012-07-25 21:18 desde IP: 187.194.34.43
en materia penal... no peude proceder sin un abogado.. por tanto... al despedir al particular... el juez nombro al de oficio... pidele al de oficio que saque copias de todo.... y nos dices...
que ldelito es...
cuando lo cometio...
si ya se dicto el auto de termino constitucional....y cuando....
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