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CONCUBINO FALLECIó Y QUIERO PENSIóN.
- Consulta : 161175
- Autor : adrian992
- Publicado : Viernes 20 de Julio de 2012 11:22 desde la IP: 189.131.187.218
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,072
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 20 de Julio de 2012
Losdatos son :
-haber estado 38 años demostrables de union libre.
-fallecio el concubino en el 2001.
-trabajo el concubino 17 años en el ISSTE.
Lo que reclama es que si todavia se le puede dar pension a la concubina por parte del ISSTE o alguna otra pension ya despues de haber pasado mas de 10 años.
MUCHAS GRACIAS POR SUS RESPUESTAS.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 275918
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Fecha de respuesta: Viernes 20 de Julio de 2012 11:39 2012-07-20 11:39 desde IP: 201.103.98.194
Los derechos derivados del concubinato sólo pueden hacerse exigibles a partir de un año de que haya terminado el concubinato.
Y concubinato terminó en 2001 por haber fallecido el concubinario.
Pueden promover las diligencias de información testimonial y una vez autorizadas, en las mismas se señalará que éstas serán tomadas en cuenta por el ISSSTE como procedan.
De acuerdo con la Ley del ISSSTE, el derecho a la pensión es impres c r i p tible, pero entonces las diligencias debieron hacerse valer en el lapso de un año a partir del fallecimiento del causante de la pensión...
Pueden hacer la solicitud de pensión y esperar el resultado, a veces ni cuenta se dan del tiempo que se establece en el código Civil respecto al concubinato y puede que se la otorguen, pero no es seguro...
Y si se las niegan, pues impugnan la resolución por inconstitucionalidad de la Ley local, que sería el Código Civil, que se contrapondría con la Ley del ISSSTE, que es de carácter federal.
Habrá que analizarse bien el caso en su oportunidad...
Suerte!
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