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JUICIO REIVINDICATORIO
- Consulta : 160650
- Autor : jptenochtitlan_NR
- Publicado : Martes 17 de Julio de 2012 13:12 desde la IP: 148.206.91.131
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,219
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 17 de Julio de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
Hola, tengo muchas duda quisiera que me aclararan 2 de ellas:
Mi padre se convierte en propietario de un accesoria y departamento a través de una prescripción positiva en el 98, en al año 2011 aparece un supuesto propietario; -cabe mencionar que el "propietario" es una persona que ocupa el local aledaño al de mi padre, mismo que durante los 10 años transcurridos nunca menciono nada- y logra revocar dicha sentencia. Ahora el juicio se va por la vía Reivindicatoria, exigiendo el pago de de las rentas durante el tiempo que mi padre a ocupado dicho inmueble justificado que lo a hecho en calidad de arrendatario; aquí planteo mi primera duda, es esto posible y de ser así se pueden embargar otras propiedades???
Segunda, el propietario es una persona moral representada por Eva, misma que se convierte en propietaria a través de la Asamblea General Ordinaria de Accionistas celebrada en el 89, revocando a los anteriores accionistas y quedando ella junto con su familia como accionista de la S.A. , de que manera puedo corroborar que los anteriores accionistas hayan concurrido a la citada asamblea???
Mi segunda duda no se funda en la desesperación, si no en la razón, toda vez que dicha propietaria se encuentra a escasos metros de mi accesoria y llevamos más de veinte años en dicho edificio sin que ella haya pedido renta o exigido la desocupación del inmueble.
Gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 275231
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Fecha de respuesta: Martes 17 de Julio de 2012 13:19 2012-07-17 13:19 desde IP: 201.103.98.194
En el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, puede pedir una constancia del folio mercantil de dicha Sociedad Anónima y ahí puede verificar las modificaciones que se hayan realizado a la misma.
En el poder mediante el cual acredita la personalidad, debe existir el número de folio y así puede pedir la constancia, de lo contrario, tendrá que pagar una búsqueda con el nombre de la empresa.
En relación a lo demás, habría que verificar directamente el expediente para dar una opinión puesto que sólo conociendo los antedentes es cómo se podría entender su proceso.
Suerte!
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