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JUICIO REIVINDICATORIO

  • Consulta : 160650
  • Autor : jptenochtitlan_NR
  • Publicado : Martes 17 de Julio de 2012 13:12 desde la IP: 148.206.91.131
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,219
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  • Autor
    Consulta

  • jptenochtitlan_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Hola, tengo muchas duda quisiera que me aclararan 2 de ellas:

    Mi padre se convierte en propietario de un accesoria y departamento a través de una prescripción positiva en el 98, en al año 2011  aparece un supuesto propietario; -cabe mencionar que el "propietario" es una persona que ocupa el local aledaño al de mi padre, mismo que durante los 10 años transcurridos nunca menciono nada- y logra revocar dicha sentencia. Ahora el juicio se  va por la vía Reivindicatoria, exigiendo el pago de de las rentas  durante el tiempo que mi padre a ocupado dicho inmueble justificado que lo a hecho en calidad de arrendatario; aquí planteo mi primera duda, es esto posible y de ser así se pueden embargar otras propiedades???

    Segunda,  el propietario es una persona moral representada por Eva, misma que se convierte en propietaria a través de la Asamblea General Ordinaria de Accionistas celebrada en el 89,  revocando a los anteriores accionistas y quedando ella junto con su  familia como accionista de la S.A. , de que manera puedo corroborar que los anteriores accionistas hayan concurrido a la citada asamblea???

    Mi segunda duda no se funda en la desesperación, si no en la razón, toda vez que dicha propietaria se encuentra a escasos metros de mi accesoria y llevamos más de veinte años en dicho edificio sin que ella haya pedido renta o exigido  la desocupación del inmueble.

    Gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 275231

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, puede pedir una constancia del folio mercantil de dicha Sociedad Anónima y ahí puede verificar las modificaciones que se hayan realizado a la misma.

    En el poder mediante el cual acredita la personalidad, debe existir el número de folio y así puede pedir la constancia, de lo contrario, tendrá que pagar una búsqueda con el nombre de la empresa.

    En relación a lo demás, habría que verificar directamente el expediente para dar una opinión puesto que sólo conociendo los antedentes es cómo se podría entender su proceso.

    Suerte!



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