Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

DEMANDA DE PAGO DE PAGARé POR LA VíA ORDINARIA MERCANTIL

  • Consulta : 157301
  • Autor : tigloz_NR
  • Publicado : Lunes 25 de Junio de 2012 13:43 desde la IP: 189.140.19.220
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,082
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • tigloz_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Cuándo procede demandar por la vía ordinaria mercantil el pago de un pagaré con más de tres años de vencimiento ó en todos los casos es posible intentarlo?

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 272207

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Toda vez que la prescripción no es de oficio, siempre es posible ejercer la acción ejecutiva aún transcurridos más de tres años del vencimiento del pagaré, si un Juez lo previene o desecha la demanda por una supuesta prescripción incurre en responsabilidad. Sólo el demandado puede oponer la prescripción en su caso.



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión