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DESALOJO DE INMUEBLE
- Consulta : 157043
- Autor : mrtptcmoreno_NR
- Publicado : Viernes 22 de Junio de 2012 21:32 desde la IP: 201.145.43.163
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,079
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 22 de Junio de 2012
Estado de Referencia: Morelos
tengo un inmueble en irapuato, gto, el cual se está rentando actualmente, el día 1 de julio se vence el contrato y a mi inquilino le di la carta de notificación el 1 de mayo el cual recibió de conformidad, el día de hoy hablé con el para ponernos de acuerdo cuando entregaba las llaves y ahora me sale con q el me avisa porq está consiguiendo donde irse qué procede en este caso?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 271973
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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Junio de 2012 23:23 2012-06-22 23:23 desde IP: 187.193.248.80
la pregunta es tienes contrato e arrendamiento?
si lo tienes tendrias que demandar el cumplimiento de dicho contrato para que como consecuencia de ello se le ordene la desocupacion de tu bien inmueble
si no tienes contrato, puedes demandar un juicio de desahucio, ahi tendrias que acudir con un abogado para que el te asesore como trbajar este juicio.
espero te haya servido o bien esperar a lo mejor si se va sin problemas
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Autor
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AutorRespuesta No: 271978
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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Junio de 2012 23:40 2012-06-22 23:40 desde IP: 201.114.61.83
too-aplee
1.- el consultante dice que el contrato se vence
2.- el consultante NO dice que No hayan pagado la renta para que sea procedente el desahucio
consultante espera que llegue la fecha estipulada en el contrato,de no desocupar lo haces valer en la via civil
saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 272016
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Fecha de respuesta: Sábado 23 de Junio de 2012 15:08 2012-06-23 15:08 desde IP: 187.144.32.155
1... obvio es que le avisaste... por medio de un juzgado....sino... pos como si no le hubieras dicho nada...
2... vncido el contrato... y estando al corriente en el pago de las rentas... con tu cartita... y ...por medio de un juicio de terminaciòn de contrato...desocupaciòn y entrega del inmueble... te puede contestar que hay tacita reconducciòn y que el contrato se ha prolongado por otro año...porque esta al corriente en el pago de las pensiones rentisticas... y el juez lo va a decir asi n su sentencia...
3... esto es de juicio y si no lo empiezas en el momento mismo de la terminaciòn... despues va ser caa vez mas dificil sacarlo a tu gusto...
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