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COMPRA UNA FINCA EN EL 95 Y EN EL 2003 QUIEN ME LA VENDIO HIZO UNA CESION DE DERECHOS GRATUITA
- Consulta : 155962
- Autor : discovery_sports_NR
- Publicado : Viernes 15 de Junio de 2012 17:49 desde la IP: 187.175.230.122
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,080
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 15 de Junio de 2012
Estado de Referencia: Jalisco
hola en el año 95 le compre a mi madre la finca en la cual ella vivia, para eso hicimos un contrato privado de compraventa y como era mi madre pactamos que ella seguiria viviendo ahi, al paso de los años mi madre enfermo murio hace dos meses, hace una mes le pedi a mi hermano que era la persona que la cuidaba, que me desocupara mi casa porque la iva a remodelar el alego que le pertenecia y para eso me mostro un contrato de cesion gratuita de derechos que segun el mi madre le hizo en el año 2003 ante notario, mi pregunta es como es que el notario pudo protocolizar dicho acto si en primer lugar mi madre jamas asistio a la oficina del notario por estar enferma ademas que a simple vista se ve que mi madre no firmo, solo aparecen unas huellas dactilares que se supone son de mi madre, pero mi madre si sabia leer y escribir, y ella jamas haria un acto de cesion porque siempre me reconocio a mi como la dueña y para eso incluso me dio el contrato privado de compraventa que le entrego la persona que en los años setentas le vendio a mi madre y otra duda es que como es que se protocolizo la cesion si mi madre jamas escrituro la casa a su nombre, puedo demandar la nulidad de esa cesion por ser primero en tiempo mi contrato privado de compraventa? y puedo denunciar una simulacion de actos o en su defecto que tendria que hacer, debo mencionar que la persona que le vendio a mi madre en los años setentas, aun existe, saludos
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 271155
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Fecha de respuesta: Viernes 15 de Junio de 2012 17:56 2012-06-15 17:56 desde IP: 187.194.40.53
BUENAS TARDES:
Pues si, pero lo que obra en el registro publico es superior a los doicumentos privados que tienes, ya que no los puede ratificar quien en vida te los diera, y los segundos, ya fueron realizados ante notario, por tanto, no hay duda de estos, pero si de los primeros. Todo acto notarial debidamente registado, invalida al anterior si no lo fue de la misma forma.
Amen de que no vivias en el domicilio y no te enteraste de los actos hasta despues de muerta, en un juicio, vas a perder.
Asi no hubiera el documento notarial, npo seria tu casa, ya que al no haberse titado la escritura publica, tenbdria que ser resuelto en juicio sucesorio intestamentario, y en este caso, ya no entrartia tu documento, ya que hay un acto nortarial que resuelve sobre el destino de la propiedad y esta dado en vida de la que podia ratificar ese contenido.
Saludos a los Colegas participantes de esta Consulta.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
ABOGADO
Espero sus correos, le daré respuesta a todos.
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Espero sus correos, le daré respuesta a todos.
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